Sentencia Nº 76-622-31-05-001-2016-00176-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 01-03-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879157893

Sentencia Nº 76-622-31-05-001-2016-00176-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 01-03-2021

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
MateriaPRINCIPIO DE LA CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA - En la interpretación y aplicación de dicho principio los jueces de la jurisdicción del trabajo, aunque cuentan con la posibilidad de apartarse de manera razonada, deben acoger, preferentemente, el criterio de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. / PRINCIPIO DE LA CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA - Su aplicación es de carácter temporal y por ello la muerte del afiliado debe ocurrir dentro de los 3 años siguientes a la entrada en vigencia de la Ley 797 de 2003, esto es, entre el 29 de enero de 2003 y el 29 de enero de 2006. /
Número de registro81519282
Número de expediente76-622-31-05-001-2016-00176-01
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Fecha01 Marzo 2021
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