Sentencia Nº 76-834-6000-188-2020-00096-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 13-07-2022 - Jurisprudencia - VLEX 924744154

Sentencia Nº 76-834-6000-188-2020-00096-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 13-07-2022

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81621839
Fecha13 Julio 2022
Número de expediente76-834-6000-188-2020-00096-01
MateriaREBAJA DEL ARTÍCULO 269 DEL CÓDIGO PENAL - Procede siempre y cuando se haya restituido el objeto material del delito e indemnizado integralmente a la víctima / INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS - Cualquier controversia en torno a la estimación de los perjuicios causados debe ser planteada en el incidente de reparación integral posterior al fallo condenatorio / REBAJA DEL ARTÍCULO 269 DEL CÓDIGO PENAL - Es necesario acreditar la satisfacción de la víctima con el monto ofrecido por los procesados o que existió un acuerdo al respecto o, en caso de diferencias sobre ese aspecto, proceder a la designación de un perito para la tasación correspondiente / NULIDAD - Es improcedente tal declaración a afectos de habilitar de nuevo la posibilidad de concertar o determinar técnicamente el monto de la indemnización, pues, pese a la forma anticipada de terminación del proceso, la actuación duró el tiempo necesario para agotar tal menester / REBAJA DEL ARTÍCULO 269 DEL CÓDIGO PENAL - La suma ofrecida por los procesados es insuficiente para cubrir los perjuicios ocasionados a una persona que, en virtud del delito de extorsión por parte de integrantes de un grupo delincuencial organizado, debió abandonar su domicilio, donde no solo ubicaba la residencia de su núcleo familiar, sino el funcionamiento de sus negocios y se trata, entonces, de una clara afectación material y moral que no ha sido cuantificada pero que supera, de bulto, la escasa cifra consignada por los sentenciados /
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