Sentencia Nº 76.834.31.84.001.2020.00348.01 del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 03-03-2023 - Jurisprudencia - VLEX 924744650

Sentencia Nº 76.834.31.84.001.2020.00348.01 del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 03-03-2023

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Civil – Familia (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81650616
Fecha03 Marzo 2023
Número de expediente76.834.31.84.001.2020.00348.01
MateriaSOCIEDAD PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS PERMANENTES - El término de prescripción de la acción para su declaración, que es de un año, se cuenta a partir de la separación física y definitiva de los compañeros, del matrimonio con terceros o de la muerte de uno o de ambos compañeros y no desde la ejecutoria de la sentencia declarativa de la unión marital de hecho / CONDENA EN COSTAS - No hace parte del objeto del litigo y debe ser controvertida a través de la objeción a la liquidación que en su momento se haga y no por medio del recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia /
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