Sentencia Nº 76-834-60-00-187-2019-02058-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 28-07-2022 - Jurisprudencia - VLEX 924744803

Sentencia Nº 76-834-60-00-187-2019-02058-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 28-07-2022

Sentido del falloASIGNA LA COMPETENCIA AL JUZGADO QUINTO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTÍAS DE TULUÁ
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81622633
Fecha28 Julio 2022
Número de expediente76-834-60-00-187-2019-02058-01
MateriaSUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN DE REGISTROS OBTENIDOS FRAUDULENTAMENTE - Es posible en cualquier momento de la actuación penal y no necesariamente en la sentencia “siempre y cuando exista, objetivamente, prueba suficiente de la contrahechura / SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN DE REGISTROS OBTENIDOS FRAUDULENTAMENTE - La Fiscalía debe, en ejercicio de las facultades antes indicadas, solicitar al juez la aplicación de esta medida, siempre que exista certeza suficiente sobre el carácter apócrifo de aquellos / SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN DE REGISTROS OBTENIDOS FRAUDULENTAMENTE - También puede ser solicitada por la víctima / DEFINICIÓN DE COMPETENCIA - La competencia del juez que debe conocer sobre la solicitud de cancelación definitiva o provisional de registros obtenidos fraudulentamente depende de la etapa en que se encuentra la actuación penal y las razones de fondo que fundamentan la pretensión / DEFINICIÓN DE COMPETENCIA - El juez de control de garantías, si la actuación se encuentra en la etapa de indagación, es el competente para resolver de manera provisional la solicitud de cancelación de registros /
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