Sentencia Nº 76- 834-31-05-002-2019-00199-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 22-08-2022 - Jurisprudencia - VLEX 950421218

Sentencia Nº 76- 834-31-05-002-2019-00199-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 22-08-2022

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81624840
Fecha22 Agosto 2022
Número de expediente76- 834-31-05-002-2019-00199-01
MateriaCONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL CON ESPAÑA - Se aplica a los trabajadores españoles y colombianos que estén o hayan estado sujetos a las legislaciones de Seguridad Social en Colombia, España o ambos países, así como a sus familiares, beneficiarios y sobrevivientes / CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL CON ESPAÑA - Brinda la posibilidad de acumular, para efectos pensiónales, el tiempo cotizado en España o en Colombia y tener derecho a las prestaciones que la seguridad social otorga en condiciones de igualdad, aunque terminen viviendo de nuevo en Colombia o en España y aún en un tercer país / CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL CON ESPAÑA - El porcentaje reconocido por Colombia es una prorrata o cuota en el reconocimiento de la prestación, pero no es una pensión y no resulta viable modificar la cuantía de la prorrata otorgada y reliquidar, como se pretende en este caso, la pensión de sobrevivientes otorgada a las hijas en España / PENSIÓN DE SOBREVIVI - El causante no cumplió con los requisitos para causar la pensión de sobrevivientes bajo la regulación de Colombia, toda vez que, solo cotizó hasta abril de 2003 y como su deceso ocurrió el 27 de enero de 2013, no había lugar al reconocimiento de la prestación, recibiendo sí “comisión cesante”, de lo que se advierte que se encontraba laborando en España y no en Colombia, hecho que llevó al reintegro de los recursos y el reconocimiento de la pensión en ese país europeo en las proporciones y términos antes indicados /
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