Sentencia Nº 76-895-60-00-192-2021-00057-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 08-06-2023
Sentido del fallo | REVOCA SENTENCIA |
Emisor | Sala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia) |
Fecha | 08 Junio 2023 |
Número de expediente | 76-895-60-00-192-2021-00057-01 |
Número de registro | 81686594 |
Materia | VALORACIÓN DE LA PRUEBA TESTIMONIAL, GRADO DE CONOCIMIENTO PARA CONDENAR Y PRESUNCIÓN DE INOCENCIA - Precisiones jurisprudenciales / TRÁFICO, FABRICACIÓN O PORTE DE ESTUPEFACIENTES - Se presenta necesario auscultar el contenido de las pruebas debatidas en el juicio, con el fin de determinar el grado de verosimilitud de los testigos de cargo y descargo y establecer demostrada una u otra hipótesis, o ninguna, de las que se derivan del discurrir probatorio / TRÁFICO, FABRICACIÓN O PORTE DE ESTUPEFACIENTES - Ninguno de los dos escenarios descritos, esto es, que el procesado y su amigo fueron sorprendidos por los agentes captores cuando transportaban el alijo en la motocicleta o que los policiales hubiesen efectuado lo que se denomina “falso positivo”, pueden decirse demostrados con grado de certeza racional y menos la teoría del caso de la Fiscalía / TRÁFICO, FABRICACIÓN O PORTE DE ESTUPEFACIENTES - El penumbroso panorama planteado solo conduce a la aplicación del apotegma universal del in dubio pro reo, cuya máxima obliga a “prevenir el inaceptable riesgo de condenar a un inocente, extremo de la disyuntiva falladora más grave que el de absolver a un eventual responsable” esto, ante el incumplimiento del estándar probatorio exigido en el artículo 381 de la Ley 906 de 2004, en concordancia con el principio rector contemplado en el artículo 7 de la misma obra procedimental / RECURSO DE APELACIÓN - Si no existe antagonismo o confrontación intelectual entre los argumentos del juez con los planteamientos del impugnante, no hay sustentación de la apelación y no es jurídicamente válida, en ese caso, la intervención del superior funcional (Salvamento de voto) / RECURSO DE APELACIÓN - No obstante la claridad de los fundamentos de la sentencia impugnada, el impugnante omitió atacarlos, dedicándose a hacer afirmaciones respecto a mal procedimiento policial (Salvamento de voto) / RECURSO DE APELACIÓN - La omisión del apelante consistente en no confrontar para desvirtuar o debilitar los argumentos con los que el juez de primer grado fundamento´ la decisión de condenar al acusado impidió lograr la necesaria tensión que debe existir entre providencia impugnada y recurso de apelación para que sea procedente la intervención del superior, situación que en mi criterio obligaba a declararlo desierto (Salvamento de voto) / |
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