Sentencia Nº 76001-33-33-014-2013-00025-01 del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, 12-02-2021 - Jurisprudencia - VLEX 972736088

Sentencia Nº 76001-33-33-014-2013-00025-01 del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, 12-02-2021

Número de registro81558612
Número de expediente76001-33-33-014-2013-00025-01
Fecha12 Febrero 2021
MateriaRETIRO DEL SERVICIO POR DECISIÓN DE COMANDANTE - Falsa Motivación. / TESIS: << Así pues, de acuerdo con las normas trascritas, el Comandante de la Fuerza del Ejército Nacional por razones del servicio y en ejercicio de la facultad discrecional, podrá disponer el retiro de los soldados profesionales. Ahora bien, en la sentencia SU-053 de 20152, la Sala Plena de la Corte Constitucional unificó3 su jurisprudencia respecto de la motivación de los actos administrativos emitidos en uso de facultades discrecionales de la Fuerza Pública -Policía Nacional, Ejército Nacional y Armada Nacional y para tal efecto, propuso un estándar mínimo de motivación, a fin de proteger el principio de igualdad y la coherencia del sistema jurídico. (…)No obstante, en reciente sentencia del 8 de septiembre de 20175, la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado, con ponencia de la doctora Sandra Lisset Ibarra Vélez, indicó, frente a un caso de retiro de un miembro de la Policía Nacional, a través de la facultad discrecional que se presenta en las instituciones de seguridad nacional, que el servicio tiene unas exigencias de confiabilidad y de eficiencia en procura del cumplimiento de las funciones constitucional y legalmente asignadas, que implican que los altos mandos puedan contar, en condiciones de absoluta fiabilidad, con el personal bajo su mando, lo cual justifica que bajo criterios de razonabilidad y proporcionalidad el nominador pueda ejercer la facultad de libre remoción. Sin embargo, expuso la Corporación que (…) la regla y medida de la discrecionalidad de un instrumento como el retiro discrecional del servicio es la razonabilidad, en otras palabras, la discrecionalidad es un poder en el derecho y conforme a derecho, que implica el ejercicio de los atributos de decisión dentro de límites justos y ponderados. El poder jurídico de la competencia para decidir, equivale a la satisfacción del interés general y por ende, a partir de la observación de los elementos fácticos se mueve la adopción de la decisión que mejor convenga a la comunidad Además, se dijo que todo acto discrecional de retiro del servicio supone el mejoramiento del mismo y en este orden, corresponde al juez evaluar los elementos de juicio existentes en el expediente que permitan desvirtuar tal presunción, siendo de gran importancia, los antecedentes en la prestación de la labor, conforme los cuales es dable inferir su moralidad, eficiencia y disciplina, parámetros para justificar las medidas relacionadas con el mantenimiento o remoción del personal. >>
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