Sentencia Nº 760013103015201500007-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Civil, 12-08-2020 - Jurisprudencia - VLEX 896221573

Sentencia Nº 760013103015201500007-01 del Tribunal Superior de Cali Sala Civil, 12-08-2020

Sentido del falloMODIFICA PARCIALMENTE SENTENCIA
MateriaTESIS: No se puede efectuar un reconocimiento patrimonial por daño a la vida de relación, y otro, por daño a la salud, porque ello equivale a conceder una doble indemnización por un mismo perjuicio. TESIS: Para que nazca la obligación resarcitoria no es que la aseguradora tenga conocimiento del siniestro, si no que se le formule a esta o al asegurado la reclamación dentro del término convenido en la póliza.
Número de registro81511788
Fecha12 Agosto 2020
Normativa aplicadaCÓDIGO GENERAL DEL PROCESO ART. 283 INC. 2, 328. / CÓDIGO DE COMERCIO ART. 1081 /LEY 446 DE 1998 ART. 16. / LEY 389 DE 1997 ART. 4 / CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL SENTENCIA 16 SEPTIEMBRE DE 2011, RAD. 2005-00058-01. SENTENCIA DE 12 DE JUNIO DE 2018, EXP. 2011-00736. M.P. LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA. SENTENCIA DE 18 DE DICIEMBRE DE 2012, EXP. 2004-00172-01. M.P. ARIEL SALAZAR RAMÍREZ. SENTENCIA DE 13 DE MAYO DE 2008. SENTENCIA SC10300-2017, EXP. 2001-00192-01. M.P. AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO. SENTENCIA STC3964-2018, EXP. 2018-00041-00. M.P. LUIS ALONSO RICO PUERTA.
Número de expediente760013103015201500007-01
EmisorSala Civil (Tribunal Superior de Cali de Colombia)
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