Sentencia nº 801-34, Superintendencia de Sociedades, 03-07-2013. (Colegio de María Ángela Ortiz Mariño S. en C. en liquidación contra María Consuelo Ortiz y otros ) - Jurisprudencia - VLEX 799277217

Sentencia nº 801-34, Superintendencia de Sociedades, 03-07-2013. (Colegio de María Ángela Ortiz Mariño S. en C. en liquidación contra María Consuelo Ortiz y otros )

JurisdicciónColombia
PartesColegio de María Ángela Ortiz Mariño S. en C. en liquidación contra María Consuelo Ortiz y otros
Fecha03 Julio 2013
EmisorSuperintendencia de Sociedades (Colombia)
B.D.C.: AVENIDA EL DORADO No. 51-80, PBX: 3245777 - 220 100 0, LINEA GRATUITA 018000114319,
Cen tro de F ax2 2010 00 OP CIÓN 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79-10 TEL: 953-454495/454506,
MEDELLIN: CRA 49 # 53-19 PISO 3 TEL TEL: 942-3506000-3506001/2/3, MANIZALES: CLL 21 # 22-42 PISO 4 TEL:
968-847393-847987, CALI: CLL 10 # 4-40 OF 201 EDF. BOLSA DE OCCIDENTE PISO 2 TEL: 6880404,
CARTAGENA: TORRE RELOJ CR. 7 # 32-39 PISO 2 TEL: 956-646051/642429, CUCUTA: AV 0 (CERO) A # 21-14
TEL: 975-716190/717985, BUCARAMANGA: CALLE 41 No. 37-62 TEL: 976-321541/44. SAN ANDRES Avenida
Colón No. 2-26 Edificio B..F. oficinas 203 y 204 TEL:098 5121720
/w eb m as te r @s up e rs oc i ed ad e s. go v .c o ww w. su p er so c ie da d es ,g o v, co / C o l o m b i a
º
SENTENCIA
Superintendencia de Sociedades Bogotá, D.C.
Partes
Colegio de M.Á.O.M.S. en C. en liquidación
contra
M.C.O.M., B.O.M., J.O.M...
.
.
.
A.
.
Trámite
Proceso verbal sumario
Número del proceso
2013-801-013
I. ANTECEDENTES
El proceso iniciado por Colegio de M. Ángela O.M.S. en C. en
liquidación en contra de M.C.O.M.ño, B.O.M. y
J.O.M. surtió el curso descrito a continuación:
1. El 14 de febrero de 2013, mediante Auto No. 801-002118, este Despacho
admitió la demanda presentada por Colegio de M..Á..O..M.
.
S. en C. en liquidación.
2. El 21 de febrero de 2013, se les envió un citatorio de notificación a M..
.
C.O.M., B.O.M. y J.O.M..
3. El 26 de febrero de 2013, se notificó personalmente a B.O..
.
M. y el 1 de marzo de 2013 a J.O.M..
4. El 12 de marzo de 2013, se incorporó al expediente el aviso para la
notificación de M.C.O.M..
5. El 11 de abril de 2013, la demandada M.C.O.M. contestó
la demanda y formuló excepciones de mérito.
6. El 15 de abril de 2013, se le otorgó a la demandante 3 días para que
respondiera a las excepciones formuladas por la demandada.
7. El 19 de abril de 2013, mediante Auto No. 801-005795, este Despacho tuvo
como notificada por conducta concluyente a M..C.O.M. y
citó a las partes a una audiencia en esta entidad.
8. El 8 de mayo de 2013, el Despacho realizó la audiencia judicial a que se
hizo referencia en el numeral anterior.
9. Una vez agotada la práctica de las pruebas decretadas por el Despacho,
mediante Auto No. 801-010429 del 6 de junio de 2013, se citó a las partes
para que presentaran sus alegatos de conclusión el 18 de junio de 2013.
Solamente la apoderada de la demandante formuló tales alegatos en
debida forma.
10. Al haberse verificado el cumplimiento de las distintas etapas procesales,
conforme con lo previsto en el Código de Procedimiento Civil, el Despacho
se dispone a proferir sentencia.

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