Sentencia Nº 85001-23-33-000-2023-00065-00 del Tribunal Administrativo de Casanare, 18-09-2023 - Jurisprudencia - VLEX 972731160

Sentencia Nº 85001-23-33-000-2023-00065-00 del Tribunal Administrativo de Casanare, 18-09-2023

Sentido del falloDECLARA CARENCIA ACTUAL DEL OBJETO POR HECHO SUPERADO
Fecha18 Septiembre 2023
Número de expediente85001-23-33-000-2023-00065-00
Número de registro81698322
MateriaTESIS: ¿Puede afirmarse la existencia de un hecho superado, cuando cesan las razones que se invocan para solicitar la protección del derecho cuyo amparo se pretende? - TESIS: Con el material probatorio allegado al expediente se determina con claridad que, en el sub judice el objeto de la acción de tutela se encuentra satisfecho toda vez que el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL aprobó los estados contables de la iniciativa de referendo previamente mencionada y remitió la certificación correspondiente a la REGISTRADORA MUNICIPAL DE PAZ DE ARIPORO, para que ésta se pronunciara sobre el número y validez de los apoyos allegados, lo que realizó mediante el Resolución No. 004 del 4 de septiembre de 2023, por lo que nos encontramos frente al fenómeno de carencia actual de objeto por hecho superado y así se declarará.
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