Sentencia que no debe ser obstáculo - 18 de Marzo de 2013 - El Tiempo - Noticias - VLEX 428136954

Sentencia que no debe ser obstáculo

En un reciente fallo, el Consejo de Estado ratificó la recomendación del Tribunal Administrativo de Cundinamarca de marcar con una franja violeta los empaques y las etiquetas de los fármacos que contienen misoprostol, medicamento que interrumpe el embarazo y cuyo uso fue aprobado por las autoridades sanitarias en los casos de aborto despenalizados por la Corte Constitucional.

La banda violeta -destinada a las drogas que son susceptibles de abuso o que pueden causar dependencia, razón por la cual deben tener control especial para su uso y distribución- hasta ahora ha sido exclusiva para productos que por sus características puedan desencadenar o promover drogadicción.

De ahí lo llamativo de la orden del alto tribunal, que por primera vez incluiría con este tipo de medida a un producto que, si bien está desde el 2001 en el listado de medicamentos de control especial del Invima, no es objeto de fiscalización por parte del Fondo Nacional de Estupefacientes (FNE), entidad encargada de controlar este tipo de sustancias.

El decreto 205 del 2003 delegó en el FNE el control absoluto de estos fármacos, y la Resolución 1478 del 2006 del Ministerio de Protección Social definió el listado de principios activos sometidos a dicho control, dentro de los cuales no se encuentra el misoprostol.

Estas normas, vigentes, establecen claramente una serie de medidas relacionadas más con productos vinculados con la Ley 30 de 1986 (Estatuto Nacional de Estupefacientes) que, por su esencia y efectos, son objeto de una vigilancia estricta que en muchos casos linda de cerca con las autoridades de policía.

Así, pues, la fabricación, la distribución, la venta y la formulación del misoprostol deberán someterse a requisitos muy exigentes para los médicos, que, para prescribirlo, tendrían que estar autorizados...

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