Sentencia Segunda Instancia. Nº 110013335014201800408-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 26-05-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879153126

Sentencia Segunda Instancia. Nº 110013335014201800408-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 26-05-2021

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
Número de registro81559732
Número de expediente110013335014201800408-01
Fecha26 Mayo 2021
MateriaRECONOCIMIENTO PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - Alcance / PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL APLICABLE - Se encuentran suficientemente demostradas las exigencias legales para que el actor acceda a la pensión de sobrevivientes que reclama, la orientación de la jurisprudencia se encamina a señalar que la dependencia económica se traduce en el hecho de “tener la autonomía necesaria para sufragar los costos de la propia vida, sea a través de la capacidad laboral o de un patrimonio propio”, o en “la posibilidad de que dispone el individuo para generar un ingreso económico o disponer de una fuente de recursos que le permitan asumir las necesidades básicas, y garantizarse una vida en condiciones dignas y justas”, situación que no se presenta en este caso como ampliamente se ha analizado y que conlleva a determinar la existencia del derecho reclamado. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar si el señor (…) tiene o no derecho a que la entidad demandada les reconozca y pague la pensión de sobrevivientes con ocasión del fallecimiento del señor (…) (q.e.p.d.) en aplicación del régimen general de pensiones establecido en las leyes 100 de 1993 y 797 de 2003?
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