Sentencia de Segunda Instancia Nº 66001-33-33-004-2017-00214-02 (l-0843-2020) del Tribunal Administrativo de Risaralda, 17-02-2022 - Jurisprudencia - VLEX 972730944

Sentencia de Segunda Instancia Nº 66001-33-33-004-2017-00214-02 (l-0843-2020) del Tribunal Administrativo de Risaralda, 17-02-2022

Sentido del falloREVOCA PARCIALMENTE
Fecha17 Febrero 2022
Número de expediente66001-33-33-004-2017-00214-02 (L-0843-2020)
Número de registro81592933
MateriaTESIS: De conformidad con lo anterior, para que se evidencie una falsa motivación en el acto administrativo que se impugna, se requiere por parte de la actora acreditar que la administración invocó razones en realidad inexistentes, simuladas, o que dio a los supuestos invocados un alcance que en realidad no tienen, lo que no ocurrió en el presente caso, pues observa esta Corporación que el acto de desvinculación de la demandante tuvo su génesis en las conclusiones arrojadas en el estudio técnico y no se logró probar que la decisión de la administración hubiese obedecido a motivos distintos de los relacionados con estrictas necesidades del servicio. TESIS: Así las cosas, al evaluarse en el presente caso la causación de las costas, de conformidad con el artículo 188 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se encuentra que las mismas no aparecen probadas, en la medida en que, no obra elemento de erogación alguno en su consecución, razón por la cual esta Colegiatura revocará la condena en costas de primera instancia.
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