Sentencia de Segunda Instancia Nº 66001-33-33-007-2022-00038-01 (l-0355-2022) del Tribunal Administrativo de Risaralda, 28-04-2022 - Jurisprudencia - VLEX 972737062

Sentencia de Segunda Instancia Nº 66001-33-33-007-2022-00038-01 (l-0355-2022) del Tribunal Administrativo de Risaralda, 28-04-2022

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
Fecha28 Abril 2022
Número de expediente66001-33-33-007-2022-00038-01 (L-0355-2022)
Número de registro81607678
MateriaTESIS: En ese orden de ideas se advierte que el medio de control de la referencia busca que se resuelva un conflicto jurídico que tiene génesis en las diferentes interpretaciones que las partes dan a las previsiones del Código Nacional de Tránsito Terrestre, del Estatuto Tributario a fin de determinar si la prescripción de la acción de cobro ha operado. Así las cosas, se encuentra que el asunto de marras no puede ser decidido por conducto de la acción de cumplimiento, comoquiera que no es competencia del juez constitucional establecer el alcance de las leyes ni para abrir controversias interpretativas; en consecuencia, la acción de cumplimiento no es el mecanismo idóneo para dirimir conflictos sobre el contenido y alcance de previsiones legales que consagran garantías o conceden derechos particulares como lo son las normas que regulan la prescripción de la acción de cobro de la que es titular la División de Tránsito y Transporte de La Dorada - Caldas, respecto a las sanciones por violación a las reglas de tránsito.
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