Sentencia de Tutela Nº 05088310300220230019701 del Tribunal Superior de Medellín Civil, 04-08-2023 - Jurisprudencia - VLEX 950421117

Sentencia de Tutela Nº 05088310300220230019701 del Tribunal Superior de Medellín Civil, 04-08-2023

Sentido del falloREVOCA
EmisorSala Civil (Tribunal Superior de Medellín de Colombia)
Fecha04 Agosto 2023
Número de expediente05088310300220230019701
Número de registro81693776
MateriaMOTIVACIÓN DE LAS PROVIDENCIAS JUDICIALES - La motivación es un deber de los jueces y un derecho fundamental de los ciudadanos, como posición jurídica concreta derivada del debido proceso. / TESIS: (…) Conforme viene de verse, no se ha resuelto su petición de nulidad del decreto de medidas cautelares, pues lo antes transcrito refleja una decisión sin motivación que coloca a dicha parte en un estado de incertidumbre, esto es, sin saber qué destino tiene la validez de la actuación judicial que fustiga y que señala de trasgresora de otros derechos fundamentales, como su mínimo vital. Es que la denotada providencia no resolvió nada de lo que por Ley debía resolver ni fue sometida al trámite establecido para las solicitudes de nulidad procesal (artículos 132 a 138 del CGP), aspecto que resulta altamente lesivo para las garantías constitucionales del actor en tutela, porque no sólo es del silencio de la administración de justicia del que ahora se duele, sino que también es la desidia con que se trató su situación particular al proferirse una decisión carente de argumentos vinculados a las normas aplicables al caso concreto. Por ende, resulta necesaria la intervención de la justicia constitucional en este asunto, porque es inadmisible que el juez natural soslaye su obligación de motivar sus decisiones, mostrando total apatía de la causa puesta a su conocimiento. Sobre la temática es importante memorar que: «(…) La motivación (…) es un deber de los jueces y un derecho fundamental de los ciudadanos, como posición jurídica concreta derivada del debido proceso. Desde el punto de vista del operador judicial, la motivación consiste en un ejercicio argumentativo por medio del cual el juez establece la interpretación de las disposiciones normativas, de una parte, y determina cómo, a partir de los elementos de convicción aportados al proceso y la hipótesis de hecho que se construye con base en esos elementos, es posible subsumir el caso concreto en el supuesto de hecho de una regla jurídica aplicable al caso. (T-247/06, T-302/08, T868/09). … En el estado constitucional de derecho, la motivación adquiere mayor importancia. (…) La motivación, por todo lo expuesto, es un derecho constitucional derivado, a su vez, del derecho genérico al debido proceso. Esto se explica porque sólo mediante la motivación pueden excluirse decisiones arbitrarias por parte de los poderes públicos, y porque sólo cuando la persona conoce las razones de una decisión puede controvertirla y ejercer así su derecho de defensa.
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