Sentencias CIV 020-04 - 4 de Septiembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43213615

Sentencias CIV 020-04

EmisorVarios
Número de Boletín45661

Juzgado Primero Promiscuo de Familia, Zipaquirá (Cundinamarca), dieciocho de marzo de dos mil cuatro

En escrito repartido el 22 de febrero de 2001, la Empresa "Transportes y Servicios Transer S. A.&qu ot;, con domicilio en Bogotá, mediante apoderado legalmente constituido formuló demanda de Presunción de Muerte por Desaparecimiento de Juan Bautista Payán Rodríguez, haciendo las siguientes,

PETICIONES:

Primera. "Declarar la muerte presuntiva por desaparecimiento del señor Juan Bautista Payán Rodríguez".

Segunda. "Fijar la fecha presuntiva de la muerte del señor Payán".

Tercera. "Ordenar la publicación del encabezamiento y de la parte resolutiva de la sentencia una vez ejecutoriada".

Cuarta. "Oficiar al señor Notario correspondiente, la inscripción del registro de defunción respectivo".

Funda la demanda en los siguientes,

HECHOS:

  1. Transportes y Servicios Transer S. A., contrató en la ciudad de Bogotá, D. C., los servicios como conductor, del señor Juan Bautista Payán Gutiérrez, el día 28 de octubre de 1997.

  2. El día viernes 24 de abril de 1998 Transer S. A. ordenó al señor Payán Gutiérrez, como conductor de la tractomula SYL-197, transportar cerveza desde Tocancipá hacia Medellín.

  3. El día sábado 25 de abril de 1998 conductores de Transer que transitaban por la misma vía encontraron abandonado el remolque con la carga completa y en perfecto estado, pero tanto el conductor, señor Juan Payán como la tractomula (cabezote) no han aparecido al día de la presentación de esta demanda.

  4. Transer S. A., denunció e informó de los anteriores hechos a las siguientes entidades: Policía Nacional, Policía de Carreteras, Dijín, Sijín, Fiscalía General de la Nación, Cruz Roja, así como a diferentes medios de comunicación, como consta en documentos adjuntos, no habiéndose recibido respuesta de estas entidades.

  5. La familia del señor Juan Payán, señora e hijos, han realizado hasta el día de hoy, de igual manera, labores de investigación y búsqueda, como consta en documentación adjunta, con resultados igualmente infructuosos. Conforme a comunicaciones y documentos anexos, la familia Payán recurrió, dio aviso y pidió ayuda por desaparecimiento del señor Payán, a las siguientes entidades: Departamento de Policía Antioquia, Instituto Nacional de Medicina Legal, Fiscalía General de la Nación, Defensoría del Pueblo, País Libre. Publicaciones en periódicos como El Colombiano, El Mundo, El Semanal, publicaciones a través de diferentes medios de comunicación: Teleantioquia, Caracol Radio, las emisoras y programas. Comunicaciones a los diferentes grupos guerrilleros.

  6. El mandante quiere la declaración de muerte presunta del señor Juan Bautista Payán Gutiérrez para iniciar luego la liquidación definitiva de su contrato individual de trabajo con la empresa Transportes y Servicios Transer S. A. y poner fin a la relación jurídico laboral vigente.

Mediante auto de fecha 28 de febrero de 2001, se admitió la demanda, se ordenó notificar al Agente del Ministerio Público, emplazar al desaparecido y prevenir a las personas que tengan noticias de él para que las comunicaran al Juzgado. El 11 de septiembre de 2001 se surtió la notificación al Procurador Provincial, quien intervino manifestando respecto a los hechos que se prueben y sobre las pretensiones que en su concepto se encuentran ajustadas a derecho y pueden prosperar siempre y cuando el recaudo probatorio que se allegue satisfaga los requisitos exigidos por la ley.

Por auto del 21 de noviembre de 2003 y luego de cumplidas las publicaciones de rigor, se le designó Curador Ad Lítem al desaparecido señor Juan Ba utista Payán Gutiérrez, a quien se le notificó el auto admisorio de demanda el 21 de enero del presente año. La curadora Ad Lítem contestó la demanda expresando, en cuanto a los hechos del 1º al 6º no le constan y se atiene a lo probado en el proceso y respecto de las pretensiones no se opone, pues se encuentran ajustadas a derecho.

Se decretaron, se allegaron y se practicaron como pruebas, las siguientes:

Certificado de existencia y representación legal de la empresa "Transporte y Servicios Transer S. A.", fotocopia simple de la cédula de ciudadanía del señor Juan Bautista Payán Gutiérrez; fotocopia informal del contrato individual de trabajo celebrado entre Transer S. A. y Juan Bautista Payán Gutiérrez y celebrado el día 28 de octubre de 1997; fotocopias informales de comunicaciones remitidas por el representante legal de Transer a: La policía Nacional, Policía de Carreteras, Dijín, Sijín, Dirección Nacional de Protección y Cuerpo Técnico de Investigación de Antioquia de la Fiscalía General de la Nación; fotocopias de avisos del desaparecimiento de Juan Bautista Payán; de la denuncia formulada ante la Policía Nacional del departamento de Antioquia, fotocopias de las constancias expedidas por el Instituto Nacional de Medicina Legal y por el Coordinador del Area de Identificación de Personas de la Fiscalía de Medellín; reporte de desaparición del señor Juan Bautista Payán; fotocopias de formato para personas desaparecidas, de formato de recepción de petición de la Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales ¿Dirección Nacional de Trámites y Quejas¿; formato de la Defensoría del Pueblo (Gestión de quejas); fotocopia de certificación librada por el Director de Proyectos de la Fundación País Libre; fotocopias de oficios librados por la Defensora del Pueblo Regional Antioquia al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses y a Teleantioquia; respuesta dada por el Coordinador de la Oficina de N. N. y Desaparecidos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses; fotocopias de cartas dirigidas por Martha Elena Ospina a: El programa Amanecer en América de Caracol Radio, el señor Francisco Galán y a Francisco Caraballo; fotocopias de anuncios de la búsqueda del señor Juan...

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