Sentencias de Tutela Nº 2148 de Tribunal para la Paz - Sección de Revisión de Sentencias, 13-11-2018 - Jurisprudencia - VLEX 862536089

Sentencias de Tutela Nº 2148 de Tribunal para la Paz - Sección de Revisión de Sentencias, 13-11-2018

Fecha13 Noviembre 2018
EmisorSección de revisión de sentencias (Tribunal para la paz de Colombia)

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE REVISIÓN

SUBSECCIÓN QUINTA DE TUTELAS

Referencia: expediente 2018340020600180E

Radicado Interno: 2018-000-248-190

Acción de tutela presentada por el ciudadano Erwin Eduardo Duarte Rojas en contra de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ), el Juzgado Penal del Circuito de Aguadas (Caldas).

Bogotá D.C., trece (13) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).

SRT-ST-189/2018

Aprobado Acta No. 018 – SUB05/18 de Tutelas del trece (13) de noviembre de 2018.

La Subsección Quinta de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, profiere la siguiente

SENTENCIA

I. OBJETO DE LA DECISIÓN

Proferir la sentencia que corresponda a raíz de la acción de tutela interpuesta por el señor ERWIN EDUARDO DUARTE ROJAS en contra de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) y del Juzgado Penal del Circuito de Aguadas (Caldas), por la presunta vulneración de los derechos fundamentales de petición, debido proceso, igualdad y acceso a la administración de justicia.

II. IDENTIFICACIÓN DEL ACCIONANTE

ERWIN EDUARDO DUARTE ROJAS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 88.215.398 de Cúcuta, privado de la libertad en el Centro de Reclusión Militar Batallón de servicios No. 30, Avenida Primera, Barrio San Rafael, vía el Pórtico Cantón Militar San Jorge de la ciudad de Cúcuta.

III. IDENTIFICACIÓN DE LAS ACCIONADAS

La acción de tutela fue dirigida en contra de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas y del Juzgado Penal del Circuito de Aguadas (Caldas)[1]. De manera posterior se vinculó a la parte pasiva de la acción de tutela a la Fiscalía 107 de la División Especializada Contra las Violaciones de los Derechos Humanos - Medellín[2].

IV. ANTECEDENTES

4.1. De la demanda

El señor ERWIN EDUARDO DUARTE ROJAS presentó acción de tutela contra la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas y el Juzgado Penal del Circuito de Aguadas, por la presunta vulneración de sus derechos de petición, al debido proceso, a la igualdad y de acceso a la administración de justicia[3].

Como pretensiones solicitó la tutela de los mencionados derechos fundamentales y que se ordene a las accionadas se

[D]é una respuesta seria, clara, oportuna, completa, concreta y ajustada a mis necesidades actuales y mi derecho de SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO contemplada (sic) en el artículo 7 del decreto 706 de 2017, que me fue impuesta por la FISCALÍA 107 DIVISIÓN ESPECIALIZADA CONTRA LOS DERECHOS HUMANOS[4].

Dentro de los hechos que fundamentan sus pretensiones, manifestó que se encuentra privado de la libertad por circunstancias ocurridas el 12 de septiembre de 2003, en las que, en una operación militar ocurrida presuntamente en el contexto del conflicto armado, ocurrió la muerte de una persona.

Actualmente se encuentra recluido en el Centro de Reclusión Militar del Batallón de servicios No. 30 ubicado en Cúcuta en virtud de medida de aseguramiento impuesta por la Fiscalía 107 División Especializada contra Violaciones de los Derechos Humanos, al definir su situación jurídica el 24 de julio de 2017. Afirmó que al 23 de octubre de 2018 llevaba 38 meses y 23 días privado de la libertad.

Dijo el accionante que el 14 de marzo de 2018 se acogió a sentencia anticipada por el delito de homicidio en persona protegida, ante el Juzgado Penal del Circuito de Aguadas, dentro del proceso con radicado 9391. En esa oportunidad manifestó en audiencia “la verdad sobre los hechos[5], aportando -en su entender- al derecho a la verdad de las víctimas y cumpliendo con los presupuestos para la obtención del beneficio de la sustitución de la medida de aseguramiento.

Afirmó igualmente que el Juzgado Penal del Circuito de Aguadas remitió por competencia el proceso a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), mediante auto 051 del 2 de mayo de 2018.

Elevó solicitud de sustitución de medida de aseguramiento el 16 de julio de 2018 ante el mencionado Juzgado Penal del Circuito, el cual respondió el 19 de julio de 2018, informando que la remitiría a la JEP.

Radicó solicitud en el mismo sentido ante la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas el 31 de julio de 2018.

Sostuvo el señor DUARTE ROJAS que a la fecha las autoridades accionadas no han resuelto sus solicitudes a pesar de que aportó todos los anexos, que la JEP ya tiene conocimiento de todos sus procesos, de contar con acta de sometimiento, de tener respuesta de aceptación del acta y de encontrarse en el listado de miembros de la Fuerza Pública de quienes la JEP asumirá competencia.

Manifestó el accionante que actualmente las personas que se encontraban con él privadas de la libertad han “accedido a varios derechos[6] y no se encuentran en reclusión dada la resolución oportuna de sus peticiones por parte de las autoridades.

A la demanda anexó copias de los siguientes documentos:

  • Solicitud de revocatoria y sustitución de medida de aseguramiento fechada el 30 de julio de 2018, elevada por el señor ERWIN EDUARDO DUARTE ROJAS ante la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con fundamento en Decreto-Ley 706 de 2017[7]. Aportó copia de la primera página del memorial con constancia de recibido de la JEP del 31 de julio de 2018[8].

  • Solicitud de sustitución de medida de aseguramiento del 16 de julio de 2018, elevada por la defensora del señor DUARTE ROJAS ante el Juez Penal del Circuito de Aguadas, en el marco del proceso con radicado No. 9391 del régimen de la Ley 600 de 2000[9].

  • Orden No. 0163 del 19 de julio de 2018 proferida por el Juez Penal del Circuito de Aguadas, en el marco del proceso de Ley 600 de 2000 con radicado No. 9391 contra el señor ERWIN EDUARDO DUARTE ROJAS, por el delito de homicidio en persona protegida, mediante la cual se dispuso remitir la solicitud de sustitución de medida de aseguramiento a la JEP[10]. En esta manifestó que no es competente para resolver la solicitud de sustitución de medida de aseguramiento elevada por la apoderada judicial del señor DUARTE ROJAS.

Dentro de los fundamentos de su falta de competencia sostuvo que no cuenta con la actuación a la que se hace referencia, por lo que no tiene elementos de juicio para determinar la procedencia de la sustitución. Así, manifestó que ese despacho recibió el 30 de enero de 2018 la actuación para continuar con la etapa de juicio oral, que avocó conocimiento de esta surtiéndose el trámite del art. 400 de la Ley 600 de 2000, adelantándose audiencia de aceptación de cargos para sentencia anticipada el 14 de mayo. El 2 de mayo del año en curso, a solicitud del señor DUARTE ROJAS, remitió la actuación a la JEP, pues este había suscrito formato de acta de sometimiento a la misma.

En el mismo documento, con base en el artículo 7 del Decreto-Ley 706 de 2017, dijo que la resolución de esa clase de solicitudes es de competencia de la Fiscalía en procesos de Ley 600 de 2000.

  • Solicitud de sustitución de medida de aseguramiento del 30 de julio de 2018, elevada por la defensora del señor DUARTE ROJAS ante el Fiscal 107 División Especializada contra Violaciones de los Derechos Humanos, en el marco del proceso con radicado No. 9391 del régimen de la Ley 600 de 2000[11].

  • Acta de Sometimiento a la JEP No. 001422, suscrita el 18 de julio de 2017 por el señor DUARTE ROJAS ante la Secretaría Ejecutiva Transitoria de la JEP[12].

  • Oficio 2018300005831 del 30 de enero de 2018, mediante el cual la Secretaría Ejecutiva de la JEP (SEJEP) dio respuesta a petición presentada el 27 de diciembre de 2017 por el señor ERWIN DUARTE ROJAS, en la cual solicitó acogerse a la JEP y la aplicación del beneficio de libertad condicionada[13]. En este documento, luego de una descripción del procedimiento fijado por la Ley 1820 de 2016 con relación al beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada aplicable a miembros de la Fuerza Pública, la SEJEP informó que ha recibido por parte del Ministerio de Defensa tres casos relacionados con...

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