Servicios públicos, entre bajar las tarifas o frenar la inversión - 28 de Enero de 2023 - El Tiempo - Noticias - VLEX 921128528

Servicios públicos, entre bajar las tarifas o frenar la inversión

Redacción Economía y Negocios- redaccioneconomicas@eltiempo.comEl anuncio del presidente de Colombia, Gustavo Petro, de tomar las facultades de administración y control de los servicios públicos como el agua, la luz y las telecomunicaciones apoyado en el artículo 370 de la Constitución y el artículo 68 de Ley 142 de 1994, pese a estar sustentado en la ley, causó una gran polémica por sus efectos en el mercado. De acuerdo con Camilo Sánchez, presidente de la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones (Andesco), no se puede acabar con la institucionalidad y mucho menos ignorar aspectos técnicos claves en la fijación de las tarifas de energía y otros servicios públicos, pues esto puede tener unas consecuencias graves hacia adelante. Sin referirse de manera particular a lo que señala la Ley 142, Sánchez apuntó que "lo peor que se puede hacer (el presidente Petro) es tomar decisiones dictatoriales que no estén a la luz de lo jurídico". Y agregó que un eventual control de precios "sería un retroceso sin precedentes para el país" y que se fallaría con la ley económica de oferta y demanda. "Estas posiciones políticas no técnicas pueden presionar más efectos alcistas", señala Sánchez. Y agrega: "Es necesario que todos los proyectos de generación en desarrollo entren en operación pronto y avanzar en la subasta del cargo por confiabilidad anunciada, para nuevas plantas que cubrirán un posible déficit de energía a partir del 2026". Para el directivo, el sector está regulado con una institucionalidad fuerte que respeta los acuerdos contractuales brindando seguridad jurídica, haciéndolo sólido y confiable". Además, apuntó que "sería lamentable caer en decisiones unilaterales que afecten el servicio y que podrían ocasionar apagones en algunas regiones. Recordemos que la energía más cara es la que no se tiene". De otro lado, la Superservicios, en un concepto firmado por el superintendente Dagoberto Quiroga, expuso que el Presidente tiene facultades constitucionales y legales para la asunción directa de las competencias de reglamentación tarifaria. "El señor presidente de la República puede asumir directamente, vía decreto y de manera constitucional, la competencia para reglamentar las tarifas en materia de servicios públicos domiciliarios en aras de disminuir los costos con un impacto directo en los ciudadanos, bajo el amparo de los numerales 11 y 22 del artículo 189 y los artículos 211, 365 y 370 de la Constitución Política y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR