Resolución número 0170 de 2013, por la cual se asignan mil doscientos sesenta y siete (1.267) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Villas de Aranjuez de Cartagena en el departamento de Bolívar - 25 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 438039890

Resolución número 0170 de 2013, por la cual se asignan mil doscientos sesenta y siete (1.267) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Villas de Aranjuez de Cartagena en el departamento de Bolívar

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín48801

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 17 del Decreto número 1921 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo del Decreto número 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones";

Que se expidió la Ley 1537 de 2012, "por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda", cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado definanciación de vivienda";

Que en el artículo 12 de la referida ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional;

Que en el artículo 17 del Decreto número 1921 de 2012 se establece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS);

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) celebró con Fiduciaria Bogotá el Contrato de Fiducia Mercantil número 302 de 2012, con el objeto de constituir el patrimonio autónomo denominado Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita, por medio del cual se realizará la administración de los recursos y otros bienes, para la ejecución de actividades en materia de vivienda de interés prioritario destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y el Decreto número 1921 de 2012 y las normas que modifiquen, sustituyan, adicionen o reglamenten, y que para todos los efectos legales se tendrá como un Patrimonio Autónomo Matriz (PAM);

Que mediante Resolución número 0110 del 12 de marzo de 2013, el Fondo Nacional de Vivienda, resolvió: "Artículo 1º. Convocar a los hogares potenciales beneficiarios contenidos en la resolución expedida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, para que presenten sus postulaciones al subsidio familiar de vivienda en especie, ante una Caja de Compensación Familiar del municipio donde residen, a partir del 13 de marzo y hasta el 27 de marzo de 2013 (...)", para nueve proyectos, entre los que se encuentra el Proyecto Villas de Aranjuez de Cartagena en el departamento de Bolívar;

Que mediante Resolución número 0143 del 27 de marzo de 2013, el Fondo Nacional de Vivienda amplió el cierre de la convocatoria antes citada, hasta el 5 de abril de 2013;

Que en cumplimiento de lo establecido en el Otrosí número 1 del Contrato de Encargo de Gestión número 0241 de 2012 suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar (CAVIS UT), se realizó la entrega de las postulaciones para el Proyecto Villas de Aranjuez de Cartagena en el departamento de Bolívar, mediante Acta Cavis UT 1693-2013 del día 8 de abril de 2013, cuya captura realizaron las Cajas de Compensación Familiar - Comfenalco Cartagena y Comfamiliar Cartagena, en el software en línea dispuesto por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - Fonvivienda, para tal fin;

Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correo electrónico del día 10 de abril de 2013;

Que el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correo electrónico del 10 de abril de 2013, emitido por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, que lo realizó;

Que en cumplimiento del artículo 15 del Decreto número 1921 de 2012, Fonvivienda hizo entrega al DPS del listado de hogares postulantes que cumplen y no cumplen requisitos para ser beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, según comunicación del 8 de abril de 2013, radicada con el número 7220-E2-28605, ajustada mediante comunicación del mismo día radicada con el número 7220-E2-28785 y oficio radicado con el número 7221-E2-30459 del 12 de abril de 2013;

Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en cumplimiento de lo establecido en los artículos 15 y 16 del Decreto número 1921 de 2012, expidió el acto administrativo mediante la cual define el listado definitivo de hogares beneficiarios para el Proyecto Villas de Aranjuez de Cartagena en el departamento de Bolívar;

Que el valor total de recursos asignados como Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, destinados a la solución de vivienda de hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el Decreto número 1921 de 2012 en el proyecto antes mencionado, asciende a la suma de cincuenta y un mil trescientos noventa y cinco millones trescientos sesenta y ocho mil ochocientos cincuenta y seis pesos ($51.395.368.856) moneda corriente;

Que cumpliendo lo estipulado en los artículos , y de la Ley 1537 de 2012, el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones se harán de acuerdo a las reglas establecidas en esa normativa, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso-Programa de Vivienda Gratuita;

Que para efectos de la culminación del presente proceso de asignación de subsidio familiar de vivienda en especie, son beneficiarios, aquellos hogares que se encuentran incluidos en el acto administrativo del DPS de abril de 2013 que van con asignación directa, quedaron en el primer renglón de priorización y cumplieron con los requisitos establecidos en el Decreto número 1921 de 2012;

Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 12 del citado decreto, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares postulantes y beneficiarios;

Que de conformidad con el artículo 25 del Decreto número 1921 de 2012, cincuenta y nueve (59) hogares fueron beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en dinero, asignado por Fonvivienda con anterioridad a la expedición de la Ley 1537 de 2012, que no habían realizado el proceso de cobro antes de la postulación, y que resultaron beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en especie, deberán aportar el subsidio asignado en dinero, al patrimonio autónomo que le indique la entidad otorgante;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Asignar mil doscientos sesenta y siete (1.267) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie (SFVE) a hogares que cumplieron requisitos y se encuentran en el acto administrativo de abril de 2013 expedido por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), para el Proyecto Villas de Aranjuez de Cartagena en el departamento de Bolívar, así:

cédula nombres apellidos proyecto
1 26286567 JHUVELIS RUBIELA TREJOS ORTEGA VILLAS DE ARANJUEZ
2 9155236 AMENCIO BARRERA TRESPALACIOS VILLAS DE ARANJUEZ
3 73570576 EDINSON MARTÍNEZ POLO VILLAS DE ARANJUEZ
4 3988836 JOSÉ DE JESÚS DÍAZ ATENCIA VILLAS DE ARANJUEZ
5 9172385 JOSÉ LIBARDO MARÍN CASTRO VILLAS DE ARANJUEZ
6 26471040 AMPARO GUARACA RAMÍREZ VILLAS DE ARANJUEZ
7 30773455 YOLIS ESTHER SERPA JIMÉNEZ VILLAS DE ARANJUEZ
8 39313295 BERTA REGINA BALDOVINA
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