Acuerdo número 010 de 2010, por medio del cual se autoriza al Rector (E) de la Universidad Surcolombiana, suscribir contrato por cuantía superior a 500 smmlv, mediante la modalidad de Licitación Pública, para la prestación del servicio de aseo integral en todas las sedes de la Universidad Surcolombiana, incluidas las sedes de Pitalito, Garzón y la Plata, en el departamento del Huila. - 25 de Marzo de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 80908886

Acuerdo número 010 de 2010, por medio del cual se autoriza al Rector (E) de la Universidad Surcolombiana, suscribir contrato por cuantía superior a 500 smmlv, mediante la modalidad de Licitación Pública, para la prestación del servicio de aseo integral en todas las sedes de la Universidad Surcolombiana, incluidas las sedes de Pitalito, Garzón y la Plata, en el departamento del Huila.

EmisorEntes Universitarios Autónomos
Número de Boletín47662
35
Edición 47.662
Jueves 25 de marzo de 2010 DIARIO OFICIAL
Que en sesión ordinaria de la fecha el honorable colegiado luego de analizar la jus-
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Universidad Surcolombiana, para la prestación del servicio de vigilancia privada en la Sede
Central (Bloque de Bienestar Universitario, Bloque de Ingenierías, Bloque de la Facultad
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Administrativo y de Postgrados; Facultad de Salud; Granja Experimental; Letrán y Sedes de
Pitalito, Garzón y la Plata, de la Universidad Surcolombiana, en el departamento del Huila.
En mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1°. Autorizar, al Rector (E), suscribir contrato por cuantía superior a 500
SMMLV, mediante la modalidad de Licitación Pública, para la prestación del servicio de
vigilancia privada en la Sede Central (Bloque de Bienestar Universitario, (Bloque de Inge-
nierías, Bloque de la Facultad de Educación, Bloque de la Vicerrectoría Académica y las
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Experimental; Letrán y Sedes de Pitalito, Garzón y la Plata, de la Universidad Surcolom-
biana, en el departamento del Huila.
Artículo 2°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su Publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Neiva, a 27 de enero de 2010.
El Presidente,
Ernesto Barrios Losada.
La Secretaria,
Martha Cecilia Abella de Fierro.
(C.F.)
ACUERDO NÚMERO 010 DE 2010
(enero 27)
por medio del cual se autoriza al Rector (E) de la Universidad Surcolombiana, suscribir
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para la prestación del servicio de aseo integral en todas las sedes de la Universidad Surco-
lombiana, incluidas las sedes de Pitalito, Garzón y la Plata, en el departamento del Huila.
El Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus facultades legales
y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 65 de la Ley 30 de 1992 y ordinal 16
del artículo 24 del Estatuto General y artículo 5° del Estatuto de Contratación, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la disposición contenida en el artículo 24, ordinal 16 del Estatuto
General, es función del Consejo Superior Universitario, autorizar la celebración de todo
contrato o convenio con instituciones del orden nacional e internacional con observancia
del régimen legal;
Que según con lo prescrito en el numeral 6 del parágrafo único del artículo 5° “Compe-
tencia Contractual” del Estatuto de Contratación de la Universidad Surcolombiana -Acuerdo
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tratarse de contratación cuya cuantía supera los 500 smmlv, se requiere como requisito para
la iniciación del respectivo trámite contractual, la aprobación previa del Consejo Superior
Universitario;
Que el proyecto se encuentra contemplado en los Planes Institucionales así: Plan de
Compras de la vigencia 2010 de la Universidad Surcolombiana;
Que el Jefe de la División de Servicios Generales, emitió el Estudio de Conveniencia y
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Comunicación ECO-0196 del 5 de noviembre de 2009;
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27 de enero de 2010, el cual soporta el proceso de contratación correspondiente al servicio
de aseo integral en todas las sedes de la Universidad Surcolombiana, incluidas las sedes de
Pitalito, Garzón y la Plata, en el Departamento del Huila;
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cación y documentación que presentó la Rectoría, decidió autorizar al señor Rector de la
Universidad Surcolombiana, suscribir contrato por cuantía superior a 500 smmlv, mediante
la modalidad de Licitación, servicio de aseo integral en todas las sedes de la Universidad
Surcolombiana, incluidas las sedes de Pitalito, Garzón y la Plata, en el departamento del Huila;
En mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1°. Autorizar al señor Rector de la Universidad Surcolombiana al Rector (E)
de la Universidad Surcolombiana, suscribir contrato por cuantía superior a 500 smmlv,
mediante la modalidad de Licitación Pública, para la prestación del servicio de aseo integral
en todas las sedes de la Universidad Surcolombiana, incluidas las sedes de Pitalito, Garzón
y la Plata, en el departamento del Huila.
Artículo 2°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Neiva a 27 de enero de 2010.
El Presidente,
Ernesto Barrios Losada.
La Secretaria,
Martha Cecilia Abella de Fierro.
(C.F.)
ACUERDO NÚMERO 011 DE 2010
(enero 26)
por medio del cual se autoriza al señor Rector de la Universidad Surcolombiana
suscribir Contrato con Icetex.
El Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus facultades legales
y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 30 de 1992; artículo 24 numeral 16 del
Estatuto General y artículo 5° del Estatuto de Contratación, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral 16 del artículo 24 del Estatuto General, es función
del Consejo Superior Universitario autorizar la celebración de todo Contrato o Convenio
con instituciones del orden Nacional e Internacional bajo los parámetros señalados en el
ordenamiento jurídico existente;
Que el 20 de enero de 2010, la Asesoría de Presidencia-Dirección Territorial-Icetex,
propone a la Universidad Surcolombiana la celebración de un contrato que permita la alianza
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de matrícula de estudiantes a través del crédito educativo;
Que el 25 de enero de 2010 el abogado Asesor Asistente de Rectoría, Doctor Ramiro
Cardoso Camacho, presenta un informe sobre los alcances del proyecto concluyendo que
es imperativo y favorable para la Universidad suscribir el citado contrato con Icetex, per-
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crédito educativo para cursar estudios de pregrado en esta Institución;
Que el señor Rector mediante Comunicación 2.FLP-CI-00000056 del 21 de 2010,
solícita al Consejo Superior autorización para suscribir contrato con el Icetex conforme lo
ordena el Estatuto General;
Que la Comisión de Asuntos Legales del Consejo Superior en reunión del 26 de enero
de 2010, analizó la petición del señor Rector estimando pertinente recomendar al Colegiado
autorizarle la suscripción del acuerdo contractual;
Que el Consejo Superior Universitario en Consulta Virtual de la fecha autorizó la sus-
cripción del Contrato de la Universidad Surcolombiana con el Icetex, según consta en Acta
número 002 de la fecha, con cinco (5) votos favorables, a saber: del Representante suplente
de los docentes, Jaime Salcedo Sánchez; del Representante del Consejo Académico, Efraín
Hoyos Galindo; Representante de los Estudiantes, Óscar Humberto Urueña Medina; del
Representante de los Egresados, Ernesto Barrios Losada y de la Representante del Sector
Productivo, doctora Nohora Ramírez de Leguízamo. El Gobernador del departamento del
Huila, Luis Jorge Sánchez García, el Representante de los ex rectores, Roque González
Garzón y el Delegado de la Ministra de Educación Remberto Jesús de la Hoz Reyes, no se
pronunciaron al respecto;
En mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1°. Autorizar al señor Rector de la Universidad Surcolombiana a suscribir
Contrato con el Icetex, que permita constituir una alianza estratégica como instrumento de
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Artículo 2°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Neiva a 27 de enero de 2010.
El Presidente,
Ernesto Barrios Losada.
La Secretaria,
Martha Cecilia Abella de Fierro.
(C.F.)
ACUERDO NÚMERO 020 DE 2010
(febrero 19)
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El Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana, en uso de las atribuciones que
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CONSIDERANDO:
Que según lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30 de 1992, las instituciones de edu-
cación superior deberán tener un reglamento estudiantil que regule al menos los siguientes
aspectos: requisitos de inscripción, admisión y matrícula, derechos y deberes, distinciones
e incentivos, régimen disciplinario y demás aspectos académicos.
Que conforme lo indicó la Corte Constitucional en Sentencia T-237 del 31 de mayo de
1995, la universidad en el ejercicio de su derecho fundamental a la autonomía universitaria,
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entre ellos el referente al procedimiento disciplinario estudiantil, en el marco del debido
proceso y protección de los derechos fundamentales.
Que de acuerdo con lo descrito en los numerales 1 y 3 del artículo 24 del Estatuto Ge-
pgtcn."Cewgtfq"p¿ogtq"297"fg"3;;6."ng"eqttgurqpfg"cn"Eqpuglq"Uwrgtkqt"fgÝpkt"nc"rqnvkecu"
cecffiokecu."cfokpkuvtcvkxcu."Ýpcpekgtcu"{"fg"rncpgcek„p"kpuvkvwekqpcn"{"gzrgfkt"q"oqfkÝect"
los estatutos y reglamentos de la Universidad.
Que con fundamento en dicha facultad, el Consejo Superior Universitario, mediante
Acuerdo número 049 de 2004, expidió el Manual de Convivencia Estudiantil de pregrado
de la Universidad Surcolombiana.

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