Sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos, obras o actividades - Normativa - VLEX 913220932

Sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos, obras o actividades

Fecha08 Julio 2022
Número de resoluciónST-1072 DE 08 JUL 2022
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
RESOLUCIÓN NÚMERO ST- 1072 DE 08 JUL 2022
Sobre la procedencia de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos,
obras o actividades”
LA SUBDIRECTORA TÉCNICA DE LA DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD
NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas
en el artículo 16 A del numeral 1 del Decreto 2353 de 2019 y la Resolución 1084
de 5 de octubre de 2020 y Acta de Posesión de 13 de octubre de 2020 y,
CONSIDERANDO
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DANCP
Que mediante el Decreto Ley 2893 de 2011, modificado por los Decretos 1140 de 2018 y
2353 de 2019, se modificaron los objetivos, la estructura orgánica y funciones del
Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior.
Que mediante el Decreto 2353 de 2019, se creó la Dirección de la Autoridad Nacional de
Consulta Previa, y las Subdirecciones Técnica de Consulta Previa, de Gestión de
Consulta Previa y Corporativa.
Que el numeral 1º del artículo 16 A del citado decreto, le asignó a la Subdirección Técnica
de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, la función
de Determinar la procedencia y oportunidad de la consulta previa para la adopción de
medidas administrativas y legislativas y la ejecución de los proyectos, obras, o
actividades, de acuerdo con el criterio de afectación directa, y con fundamento en los
estudios jurídicos, cartográficos, geográficos o espaciales que se requieran”.
Que, en consideración con los antecedentes normativos descritos, por medio del presente
acto administrativo, se procederá a desarrollar el análisis de procedencia de la consulta
previa para el caso en concreto.
Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 21 de junio de 2022, el oficio con
radicado externo EXTMI2022-10955 por medio del cual el señor GERMAN AUGUSTO
ALBARRACIN OLARTE, identificado con cédula de ciudadanía 91.518.110, quien
obrando en calidad de Representante Legal de EMPRESA DE ENERGÍA ANDES S.A.S.
con NIT. 901.605.631-3, solicita a esta Dirección se pronuncie sobre la procedencia de la
consulta previa con comunidades étnicas para el proyecto: «PROYECTO DE
GENERACIÓN FOTOVOLTAICO ANDES I 19.9MW Y SU LÍNEA DE CONEXIÓN A
115KV», localizado en jurisdicción del municipio de Granada, en el departamento de
Meta.
CONTINUACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO ST- 1072 DE 08 JUL 2022
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A continuación, se presenta el área objeto de análisis de procedencia (mapa) cuyas
coordenadas (formato Excel) soportan el respectivo archivo cartográfico, las cuales se
incluyen en el archivo adjunto (CD), el cual forma parte integral de la presente resolución.
Fuente: Coordenadas suministradas por el solicitante a través del radicado externo EXTMI2022-10955 del 21 de junio de
2022, las cuales son objeto del presente análisis.
Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) Solicitud de
determinación de procedencia: Un (1) archivo en formato PDF anexo en SIGOB; ii)
Información cartográfica del proyecto: Un (1) archivo en formato Excel anexo en SIGOB y
un (1) archivo en formato GDB anexo en SIGOB; iii) Documentos que acreditan la calidad
del solicitante: Dos (2) archivos en formato PDF anexos en SIGOB; iv) Otros documentos:
Un (1) archivo en formato Excel anexo en SIGOB y un (1) archivo en formato PDF anexo
en SIGOB.
Que el análisis realizado por la Subdirección Técnica tuvo como objeto la determinación
de la procedencia o no de consulta previa, por lo cual se elaboró el informe técnico el día
5 de julio de 2022, en el cual se estableció lo siguiente:
“(…)
2. INFORMACION ENTREGADA EN LA SOLICITUD
2.1. ACTIVIDADES APORTADAS POR EL SOLICITANTE MEDIANTE EL EXTMI2022-10955
(…) Tomado del documento denominado: “Anexo3. Descripción Andes I MinInterior
El proyecto de Generación Fotovoltaico Andes I hasta Subestación Granada 115KV, se localizará
en el predio “ La Vorágine” referencia catastral 503130001000000020055000000000, ubicada en la
vereda Andes, del municipio de Granada en el departamento de Meta, predio Isla, ubicada en la
vereda Andes, referencia catastral Número 503130001000000060011000000000 y predio El
Águila, ubicado en la vereda Caño Rojo, referencia catastral número
503130001000000060010000000000.

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