Sobre la procedencia o no de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos obras o actividades. - Normativa - VLEX 912492394

Sobre la procedencia o no de la consulta previa con comunidades étnicas para proyectos obras o actividades.

Fecha26 Mayo 2022
Número de resoluciónST- 0687 DE 26 MAY 2022
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
RESOLUCIÓN NÚMERO ST- 0687 DE 26 MAY 2022
Sobre la procedencia o no de la consulta previa con comunidades étnicas para
proyectos obras o actividades”.
LA SUBDIRECTORA TÉCNICA DE LA DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD
NACIONAL DE CONSULTA PREVIA
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial las conferidas en el
artículo 16 A del numeral 1 del Decreto 2353 de 2019 y la Resolución 1084 del 5 de
octubre de 2020 y acta de posesión de 13 de octubre de 2020 y
CONSIDERANDO:
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DANCP-2500
Que mediante el Decreto Ley 2893 de 2011, modificado por los Decretos 1140 de 2018 y
2353 de 2019, se modificaron los objetivos, la estructura orgánica y funciones del Ministerio
del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior.
Que mediante el Decreto 2353 de 2019, se creó la Dirección de la Autoridad Nacional de
Consulta Previa y las Subdirecciones Técnica de Consulta Previa, de Gestión de Consulta
Previa y Corporativa.
Que el numeral 1º del artículo 16 A del citado Decreto, le asignó a la Subdirección Técnica
de Consulta Previa de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, la función
de «Determinar la procedencia y oportunidad de la consulta previa para la adopción de
medidas administrativas y legislativas y la ejecución de los proyectos, obras, o actividades,
de acuerdo con el criterio de afectación directa, y con fundamento en los estudios jurídicos,
cartográficos, geográficos o espaciales que se requieran».
Que, en consideración con los antecedentes normativos descritos, por medio del presente
acto administrativo se procederá a desarrollar el análisis de procedencia de la Consulta
Previa para el caso en concreto.
ANTECEDENTES.
Que mediante solicitud con radicado externo EXTMI2022-6375 de 11 de abril de 2022, el
señor CAMILO YOUNES VELOSA, identificado con la cédula de ciudadanía n.°79.627.660,
en calidad de vicerrector de investigación de la Universidad Nacional de Colombia, solicitó
a esta Autoridad se pronuncie sobre la determinación de la procedencia de la Consulta
Previa para el desarrollo del proyecto denominado: «ESTUDIO QUÍMICO Y SENSORIAL
DE ESPECIES VEGETALES DE COLOMBIA», localizado en las siguientes zonas del país:
Departamento (s)
Municipio (s)
Relación de Municipios por cada
Departamento.
Especifique Vereda y/o Corregimiento
Amazonas
Leticia (plazas de mercado y/o mercados locales)

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