Resolución número 155-001244 de 2007, por la cual se resuelve una solicitud de autorización dentro del acuerdo de reestructuración de la Sociedad Consorcio Prethell González S. A. - 11 de Abril de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50413024

Resolución número 155-001244 de 2007, por la cual se resuelve una solicitud de autorización dentro del acuerdo de reestructuración de la Sociedad Consorcio Prethell González S. A.

EmisorSuperintendencias
Número de Boletín46596

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Oficio numero 155-2007-01-020387 de febrero 19 de 2007, esta Superintendencia acepto la promocion del acuerdo de reestructuracion de la Sociedad Consorcio Prethell Gonzalez S. A., con domicilio en la ciudad de Cali (Valle) en 11 los terminos y con las formalidades previstas en la Ley 550 de 1999 y designo como promotor al doctor Jaime Olano Martinez.

Segundo. Que el articulo 17 de la Ley 550 de 1999, establece que las empresas en acuerdo de reestructuracion no podran adoptar reformas estatutarias, constituir o ejecutar garantias o cauciones a favor de los acreedores de la empresa que recaigan sobre bienes propios del empresario incluyendo fiducias mercantiles o encargos fiduciarios;

ni podran efectuarse compensaciones, pagos, arreglos, conciliaciones o transacciones de obligaciones, enajenacion de bienes u operaciones que no correspondan al giro ordinario de la empresa, compensaciones de depositos en cuenta corriente bancaria y en general de depositos y exigibilidades en establecimientos de credito;

salvo autorizacion expresa por parte de la Superintendencia que supervise al respectivo empresario o su actividad.

Tercero. Que para efectos de la autorizacion para escriturar, efectuar entrega de inmuebles y subrogacion de creditos, con el fin de darle cabal cumplimiento de los contratos de compraventa sucritos con los compradores de viviendas y obtener de la entidad, crediticia que financio los proyectos de vivienda, con garantia de hipoteca de mayor extension, la liberacion del gravamen a prorrata del indice de copropiedad y su consiguiente aplicacion a la obligacion hipotecaria que la deudora ha asumido con la respectiva entidad financiera, es necesario que la solicitud haya sido formulada por escrito por parte del empresario o el acreedor interesado, acompañada de la recomendacion del promotor y teniendo en cuenta la urgencia, necesidad y conveniencia de la operacion, la cual sera resuelta mediante acto administrativo susceptible del recurso de reposicion. En tal sentido la referida autorizacion no esta supeditada a las cuantias o montos de las operaciones solicitadas, sino a garantizar la continuidad de la empresa y asegurar la proteccion de los recursos con los cuales habran de honrarse las obligaciones a su cargo, a la vez que sean amparados los derechos de todos los acreedores, dentro de los siguientes parametros establecidos en el articulo 17 de la Ley 550 de 1999 y en el numeral 4 del Titulo I de la Circular 004 de 2001, de esta Superintendencia: * La urgencia consiste en la imposibilidad de aplazar la operacion, so pena de producirse efectos particularmente nocivos para la situacion financiera de la empresa.

* La conveniencia se traduce en el impacto...

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