Resolución número 978 de 2013, por medio de la cual se resuelve una solicitud de otorgamiento de concesión de aguas subterráneas - 22 de Enero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 487842566

Resolución número 978 de 2013, por medio de la cual se resuelve una solicitud de otorgamiento de concesión de aguas subterráneas

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipielago de San Andres, Providencia y Santa Catalina, Coralina
Número de Boletín49041

El Director General de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina —Coralina—, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Acuerdo número 002 de enero de 2013, la Ley 99 de 1993, Decreto número 1541 de 1978 y demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Auto número 271 del 15 de mayo de 2013, se dio inicio al trámite administrativo de otorgamiento de concesión para el aprovechamiento de aguas subterráneas, solicitado por la Copropiedad Horizontal Sociedad Edificio Hansa Bay Club, representada legalmente por la señora Rosmery Mora Lugo, identificada con la cédula de ciudadanía número 40989251 de San Andrés, para derivar el recurso del pozo ubicado en el bien inmueble con Matrícula Inmobiliaria número 450-8466, sector Point Baley Boat en la Isla de San Andrés.

Que dicho acto fue notificado personalmente a la interesada la señora Rosmery Mora Lugo, el día 16 de mayo de 2013.

Que obra en el expediente la Resolución número 001454 de 20 de marzo de 2013, expedida por la Secretaría de Salud Departamental, mediante la cual se emitió certificación sanitaria favorable para consumo humano, para el pozo objeto del presente procedimiento.

Que el expediente fue remitido a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación, la cual se pronunció por medio del Informe Técnico número 458 del 15 de octubre de 2013, donde se estima, entre otras cosas, viable el otorgamiento de la concesión solicitada; del informe aludido se sustraen, entre otros apartes, los siguientes:

"(.)

I. EVALUACIÓN DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

· Que de los 43 monitoreos realizados en el seguimiento a la explotación, se reporta sobreexplotación en 17 de ellos, es decir en el 39% de los seguimientos de este porcentaje el volumen promedio de explotación se situó en 12,63 m3/día, que corresponde a un 31,9% más de lo otorgado (9,58 m3/día) y en algunas ocasiones la sobreexplotación se dio en valores iguales o cercanos al 50% por encima de lo autorizado. Coralina en atención a lo anterior realizó lo siguiente.

- Con Oficio COR/O-SGA 1361 del 2 de agosto de 2010 Coralina le requiere al concesionario que ajuste el caudal de explotación del pozo de acuerdo a lo concesionado.

- Con Auto número 1031 del 12 de diciembre de 2011 la Corporación requiere a la propiedad horizontal Edificio Hansa Bay Club, a través de su representante legal, para que dé cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Resolución número 669 del 4 de noviembre de 2009, en lo referente a mantener el caudal o volumen concesionado.

- Con Auto número 294 del 23 de abril de 2012, la Corporación se requiere enérgicamente propiedad horizontal Edificio Hansa Bay Club, a través de su representante legal para que dé cumplimiento a la resolución donde se otorgó la concesión, en especial en lo referente al volumen diario autorizado.

· Que del 61% de los...

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