Comisión de Regulación en Salud Acuerdo número 20 de 2010, por el cual se aprueba someter a consulta de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de la comunidad médico-científica y de la ciudadanía en general unas inclusiones en el Plan Obligatorio de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado. - 21 de Enero de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 243489731

Comisión de Regulación en Salud Acuerdo número 20 de 2010, por el cual se aprueba someter a consulta de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de la comunidad médico-científica y de la ciudadanía en general unas inclusiones en el Plan Obligatorio de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión de Regulación en Salud
Número de Boletín47959

NUMERO 20 DE 2010 La Comision de Regulacion en Salud, en ejercicio de las facultades legales conferidas por el articulo 7°, numerales 1 y 2, de la Ley 1122 de 2007, y CONSIDERANDO:

Que, en virtud de lo señalado en el articulo 7° de la Ley 1122 de 2007, numerales 1 y 2, la Comision de Regulacion en Salud (CRES) es la entidad competente para definir y modificar el Plan Obligatorio de Salud (POS) que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) garantizaran a los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud a traves de los Regimenes Contributivo y Subsidiado.

Que mediante Acuerdo 08 de 2009 la Comision de Regulacion en Salud actualizo y aclaro integralmente el Plan Obligatorio de Salud de ambos regimenes, señalando en sus Anexos 1 y 2 el listado de los medicamentos y procedimientos que hacen parte del mismo.

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del articulo del Acuerdo 08 de 2009 de la Comision de Regulacion en Salud, toda nueva prestacion o tecnologia en salud que se pretenda incorporar al Plan Obligatorio de Salud debe ser evaluada tecnicamente de manera previa por la Comision, quien decidira sobre su inclusion o no. Asimismo, la Comision tendra en cuenta, entre otras consideraciones, razones de equilibrio financiero entre la unidad de pago por capitacion (UPC) y el contenido del plan de beneficios definido para los Regimenes Contributivo y Subsidiado.

Que dentro de las solicitudes de inclusiones al Plan Obligatorio de Salud elevadas ante la Comision se encuentra la formulada por el Ministerio de la Proteccion Social mediante comunicacion del 16 de abril de 2010, en la cual se expone la pertinencia de abordar el analisis de medicamentos, procedimientos e insumos que no se encuentran incluidos en el Plan Obligatorio de Salud, los cuales son objeto de recobros ordenados por comites tecnico cientificos y fallos de tutela, que se financian con cargo a los recursos de la Subcuenta de Compensacion del Fondo de Solidaridad y Garantia (Fosyga), generando un impacto financiero negativo por sus costos y frecuencias, por lo cual la Comision de Regulacion en Salud avoco el estudio de dicha solicitud.

Que como resultado de los estudios tecnicos de evaluacion se recomendo por parte de la Comision, considerar la inclusion en el Plan Obligatorio de Salud de varias tecnologias en 25 Viernes, 21 de enero de 2011 salud...

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