Superintendencia Nacional de Salud Resolución número 002131 de 2012, por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución número 000129 del 30 de enero de 2012.
Emisor | Superintendencias - Superintendencia Nacional de Salud |
Número de Boletín | 48559 |
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Edición 48.559
Jueves, 20 de septiembre de 2012 D I A R I O O F I C I A L
y distintos de los que motivan la extradición, hace parte de este mecanismo, pues una soli-
el Estado que reclama la extradición se encuentra vinculado por la respuesta que le otorga
el Estado que concede y, por ende, tiene la obligación de respetar los condicionamientos
impuestos, debiendo juzgar a la persona extraditada únicamente por los cargos por los
cuales se autorizó la extradición, tal como se advirtió en el acto administrativo mencionado.
extradición, tanto de ciudadanos colombianos como de extranjeros, bien sea en aplicación
normas, procedimientos y autoridades judiciales respetuosas y garantistas de los derechos
procesales de todo enjuiciado.
En el mismo sentido, la Corte Constitucional en reiterados pronunciamientos, ha señalado:
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Ahora bien, es importante tener en cuenta que los aspectos relacionados con el juz-
gamiento y la eventual sentencia condenatoria que se imponga, como son los que tienen
que ver con las garantías procesales, la eventual condena a imponer, a excepción de las
normatividad del país solicitante.
Adicionalmente no se consideró pertinente en el presente caso hacer salvedad alguna
17 de diciembre de 1997, al advertir que la Embajada de los Estados Unidos de América en
la resolución de acusación aportada por el Estado requirente.
De otra parte, cabe señalar que el ciudadano requerido tiene derecho a solicitar la asis-
se pierden por su calidad de extraditado. En ese sentido puede elevar las solicitudes que
considere pertinentes a los Consulados quienes prestan la asistencia necesaria a los conna-
cionales que se encuentran detenidos en el exterior, esto dentro del marco de la Convención
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de que el ciudadano requerido lo solicite, brindarle la respectiva asistencia,
Se considera pertinente indicar que el compromiso que se exige al país requirente para
colombiano o extranjero, se solicita cuando la decisión de conceder la extradición haya
como presupuesto para la entrega de este ciudadano.
Hasta tanto no se reciba la nota verbal, procedente de la Embajada de los Estados Unidos
ejecución de la entrega del ciudadano reclamado, diligencia que le compete adelantar al
en razón a que el trámite de extradición se inició con anterioridad a la entrada en vigencia
Por lo expuesto,
parte motiva de esta resolución.
su apoderada, haciéndole saber que contra esta no procede recurso alguno, quedando así
agotada la vía gubernativa.
Artículo 3°. Ordenar el envío de copia del presente acto administrativo a la Dirección
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la Nación, para lo de sus competencias.
Publíquese en el notifíquese al ciudadano requerido o a su apoderada,
comuníquese-
y cúmplase.
SUPERINTENDENCIAS
Superintendencia Nacional de Salud
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 002131 DE 2012
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Social hoy de Salud y Protección Social, el numeral 1.3, del Capítulo I del Título II y el
CONSIDERANDO:
1. ANTECEDENTES
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Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado EPS-S de la Caja de Compensación
en la designación de Contralor del Programa de Entidad Promotora de Salud del Régimen
en la presentación y cumplimiento de un Plan de Acción por parte del Programa de Entidad
Promotora de Salud del Régimen Subsidiado EPS-S de la Caja de Compensación Familiar
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nistrativo y Representante Legal de la Caja de Compensación Familiar de Boyacá - EPS-S
1.5. La Asesora Encargada de las Funciones de Superintendente Delegada Para las
2. Recurso de reposición interpuesto contra la Resolución número 000129 del 30
de enero de 2012
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