SUPERINTENDENCIAS Superintendencia Financiera de Colombia Resolución número 1968 de 2009, por medio de la cual se declara la caducidad de un contrato. - 21 de Julio de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 306559014

SUPERINTENDENCIAS Superintendencia Financiera de Colombia Resolución número 1968 de 2009, por medio de la cual se declara la caducidad de un contrato.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Financiera de Colombia
Número de Boletín48137
14
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.137
Jueves, 21 de julio de 2011

integral de la presente resolución y que como tal, permita a las Instituciones Prestadoras
de Servicios de Salud, iniciar directamente y de forma oportuna, la reclamación hasta por
los Trescientos Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes (300 smldv), ante el Fondo de
Solidaridad y Garantía – Fosyga, medida esta que se encuentra en armonía con lo dispuesto
en el parágrafo del artículo 143 de la Ley 1438 de 2011.
Que aunado a lo precedente, la adopción de dicha medida garantizará el adecuado dili-
genciamiento y recopilación de la información relacionada con el trámite, reconocimiento y
pago de las prestaciones e indemnizaciones generadas como consecuencia de los accidentes
de tránsito y la uniformidad en el manejo de la información por parte de los agentes tanto
públicos como privados que intervienen en el proceso, lo que evitará pagos indebidos con
         
artículo 6º del Decreto-ley 1281 de 2002.

RESUELVE:
Artículo 1º. -
tamiento de Cobertura de los primeros quinientos salarios mínimos diarios legales vigentes
(500 smdlv), de que trata el numeral 1 del artículo 2º del Decreto 3990 de 2007 o la norma

todos los casos, ante el Ministerio de la Protección Social, las Compañías Aseguradoras del
SOAT, en el momento en que cancelen el último valor reconocido a la entidad reclamante.
Parágrafo 1º. La información de que trata este artículo deberá ser remitida a la Dirección
General de Financiamiento de esta Entidad o la dependencia que haga sus veces, de forma
   
      

Parágrafo 2º. Con dicha información los Prestadores de Servicios de Salud iniciarán
ante el Fondo de Solidaridad y Garantía – Fosyga, la reclamación correspondiente hasta
por los trescientos salarios mínimos diarios legales vigentes (300 smldv), de que trata el
precitado numeral.
Artículo 2º. Soportes de reclamación por eventos de accidentes de tránsito y glosas
aplicables. Tanto el Fondo de Solidaridad y Garantía – Fosyga, como las compañías ase-
  -
ciones derivadas de los eventos de accidentes de tránsito, así como las glosas para validar
la consistencia de la información consignada por los reclamantes.
Artículo 3º. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 19 de julio de 2011.
El Ministro de la Protección Social,

ANEXO N° 1
CERTIFICADO DE AGOTAMIENTO DE COBERTURA

1. Nombre del archivo:
CADDMMAAAA.TXT (9 caracteres) donde:
CA: 
DDMMAAAA: A partir del caracter 2, indicar la fecha de generación del archivo en el
formato DDMMAAAA. Sin utilizar ningún tipo de separador.
.TXT tipo de formato del archivo a enviar
2. Estructura del archivo
Nombre del
campo
Longitud
del campo Tipo Valores permitidos Obligatorio
1Código
asegurado 6 A
Código Nombre de Aseguradora
AT1301 Colseguros
AT1306 Seguros Colpatria
AT1307 Agrícola de Seguros
AT1309 Central de Seguros
AT1315 Roya & Sun Alliance Seguros
AT1317 Mundial de Seguros
AT1318 Compañía Surameric ana de
Seguros
AT1324 La Previsora S.A.
AT1329 Seguros del Estado
2Código de habi-
litación IPS 12 C Corresponde al código asignado por la
Secretaría de Salud a la IPS
3
Tipo de
documento de
identidad de la
víctima
2 C


TI = Tarjeta de identidad
PA = Pasaporte
RC = Registro Civil


Nombre del
campo
Longitud
del campo Tipo Valores permitidos Obligatorio
4
Número de do -
c um en t o d e
identid ad de la
víctima
16 A
Corresponde al número de identicación de
la víctima de acuerdo al tipo de documento


 
la Resolución 812 del 21 de marzo de 2007.
-
cación se debe diligenciar:
 

NN + número de historia clínica (Alfanu-

Ejemplo: 05001NN890123456
5 Fecha del evento 10 F
Fecha de ocurrencia del evento o accidente
de tránsito con el siguiente formato:(DD/
MM/AAAA)
6 Número de póliza 20 A Corresponde al número de póliza que
ampara el evento o accidente de tránsito.
7
Fec ha de ce r-
tificación del
agotam iento de
cobertura
10 F
Corresponde a la fecha donde se cumple
el amparo de la póliza con el siguiente
formato: (DD/MM/AAAA)
3. 

     
extensión .txt;

Cuando el dato no lleve valor (blanco), igual se debe incluir el campo separado por comas (,,);
c) Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (“”) ni cualquier otro
caracter especial;
d) Los campos tipo fecha deben tener el formato día/mes/año (dd/mm/aaaa) incluido
el caracter slach (/);

f) Para optimizar el proceso de envío de los archivos, se pueden comprimir con formato
.ZIP;

Las longitudes de los campos descritos en los cuadros, se deben entender como el tamaño

ni espacios, especialmente en los campos número 
(C. F.).
SUPERINTENDENCIAS
Superintendencia Financiera de Colombia
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 1968 DE 2009
(diciembre 17)
por medio de la cual se declara la caducidad de un contrato.
La Subdirectora Administrativa y Financiera, en uso de sus facultades legales, en es-
pecial de lo previsto en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993 y en ejercicio de la delegación
      
treinta (30) de abril de 2008, expedida por el Superintendente Financiero de Colombia, y
CONSIDERANO:
RESUELVE:
Artículo 1°. Declarar la caducidad administrativa de la Carta Contrato de CC.028-2009,
suscrita entre la Superintendencia Financiera de Colombia y la Abogada Claudia Lorena
Joaqui Gómez, cuyo objeto es “la prestación de los servicios profesionales de vigilancia
judicial de los procesos en los que la Superintendencia Financiera sea o llegare a ser parte,
ante los Despachos Judiciales de la ciudad de Popayán”.
Artículo 2°. Hacer efectivo el amparo de cumplimiento con cargo a la Garantía Única
   
el 23 de junio de 2009, con ocasión de la Carta Contrato de CC.028-2009 la cual ampara
el cumplimiento general del contrato, en cuantía equivalente a la suma de cuatrocientos
ochenta mil pesos ($480.000) moneda legal colombiana, suma esta que debe ser cancelada
  -
mercio, una vez el presente acto administrativo se encuentre ejecutoriado.
     
     

   -
rena Joaqui Gómez y al representante legal de la Aseguradora Compañía Aseguradora de
  
Administrativo.

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