Universidad Surcolombiana Acuerdo número 043 de 2011, por el cual se reducen unas apropiaciones en el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y de Gastos o de Apropiaciones para la vigencia fiscal 2011. - 26 de Diciembre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 343856030

Universidad Surcolombiana Acuerdo número 043 de 2011, por el cual se reducen unas apropiaciones en el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y de Gastos o de Apropiaciones para la vigencia fiscal 2011.

EmisorEntes Universitarios Autónomos
Número de Boletín48294
133
Edición 48.294
Lunes, 26 de diciembre de 2011 D I A R I O O F I C I A L
RESUELVE:

“2.1.1 Compromiso de Acceso
a) Todo Transportador debe garantizar el ac ceso a los Sistemas de Transporte y a los
servicios de transporte, de forma no discriminatoria y de acuerdo con lo establecido en el
presente RUT.
Los Transportadores de Gas Natural por tubería permitirán el acceso a los gasoductos,
de su propiedad o que se encuentren bajo su control, a cualquier Productor-comercializador,
Distribuidor, Usuario No Regulado, Usuario Regulado (no localizado en áreas de servicio
exclusivo) atendido a través de un Comercializador, Almacenador, y en general, a cualquier
Agente que lo solicite. Dicho acceso deberá ofrecerse a cualquier Agente en las mismas
condiciones de calidad y seguridad establecidas en las disposiciones legales y reglamentarias
aplicables a esta materia, así como en el RUT y demás disposiciones que expida la Comisión;
b) Condiciones para autorizar el acceso a los sistemas de transporte por parte de usuarios
conectados o que puedan conectarse a sistemas de distribución:
Los Transportadores de gas natural por tubería no podrán autorizar el acceso a los
gasoductos de su propiedad o que se encuentran bajo su control, a cualquier Usuario Regu-
lado o Usuario No Regulado, que en el momento de la solicitud de conexión se encuentre
conectado a un Sistema de Distribución o pueda conectarse a un Sistema de Distribución.
Los Transportadores sólo podrán aceptar el acceso de un Usuario Regulado atendido
a través de un comercializador o de un Usuario No Regulado conectado previamente a un
Sistema de Distribución o que se pueda conectar a un Sistema de Distribución, cuando como

o de seguridad, la demanda de dicho usuario no pueda ser atendida por el distribuidor que
le presta o le puede prestar el servicio.
El usuario que esté conectado o se pueda conectar a un Sistema de Distribución y que
por las razones antes señaladas solicite el acceso al Transportador deberá presentarle a este
un documento expedido por el Distribuidor en donde se indiquen las razones técnicas del
porqué no le es posible prestarle el servicio a dicho usuario.
Para los efectos del literal b de este artículo, cuando se hace referencia al acceso a un
Sistema de Distribución por parte de un Usuario No Regulado, se debe entender que esta
expresión no incluye a los “Distribuidores-Comercializadores”.
Las disposiciones del literal b) de este artículo se aplican a las conexiones de inmuebles

usufructo, administración o similares que pueda ocurrir en relación con estos”.
Artículo 2°. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de
su publicación en el , y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 1° de diciembre de 2011.
El Presidente,
Tomás González Estrada,
Viceministro de Minas y Energía, Delegado
del Ministro de Minas y Energía.
El Director Ejecutivo,
Javier Augusto Díaz Velasco.
(C. F.).
ENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS
Universidad Surcolombiana
ACUERDOS
ACUERDO NÚMERO 043 DE 2011
(noviembre 17)
por el cual se reducen unas apropiaciones en el presupuesto de Rentas y Recursos

El Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana, en ejercicio de sus facultades
legales, en especial la consagrada en el artículo 65 de la Ley 30 de 1992, numerales 1, 20
y 22 del artículo 24 del Acuerdo número 075 de 1994 – Estatuto General y el artículo 18
del Estatuto Presupuestal
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° de la Ley 30 de 1992, el Estado, de
conformidad con la Constitución Política de Colombia, garantizará la autonomía universitaria;
Que corresponde al Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana, aprobar las
   
65 de la Ley 30 de 1992 y en el artículo 43 del Acuerdo número 001 de 1998, Estatuto
Presupuestal de la Universidad Surcolombiana;
Que el Consejo Superior Universitario mediante Acuerdo número 074 del 26 de no-
viembre de 2010, aprobó el Presupuesto General de la Universidad Surcolombiana para la


Administrativo, Julio Hernán Zambrano Cruz, solicita reducción del Presupuesto de Rentas
      
en cuenta las proyecciones realizadas por el Jefe del Área de Bienestar Universitario,
Luis Eduardo Cabezas Montes y la Coordinadora del Grupo de Liquidación de Derechos
Pecuniarios, Gloria Astrith González Ramos, con base en los descuentos que se realizan
a las matrículas denominados “exenciones (Ley 815 de 2003, matrícula de honor, estudio
socioeconómico, actividades deportivas y culturales)”, ya que no serán aplicados en los

quinientos cuarenta y tres mil catorce pesos ($521.543.014.oo) moneda corriente;
Que mediante Acuerdo número 018 del 25 de mayo de 2011, el Consejo Superior
Universitario adicionó el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y el de Gastos o de
Apropiaciones, correspondiente a las liquidaciones de proyectos de fondos especiales como
excedentes generados de años anteriores;

la Facultad de Educación, María Ligia Lavao de Serrato, solicita reducir las apropiaciones
del presupuesto de Inversión del rubro 111 Construcción, Adecuación y Mantenimiento
de las Sedes de la Universidad, consignadas en el Plan de Acción 2011, en las actividades
ACT-PY-4.2.3-01 Nuevos Campus Universitarios - Adquisición de inmuebles por la suma
de seiscientos diez millones de pesos ($610.000.000.00) moneda corriente, y de la actividad
ACT-PY-4.2.1-01 Adecuaciones de Planta Física por la suma de ciento setenta y cuatro mi-
llones cuatrocientos ochenta y seis mil doscientos noventa y cinco pesos ($174.486.295.00)
moneda corriente;
-
mado recaudar la suma de cincuenta y ocho millones setecientos cincuenta mil novecientos
veinticinco pesos ($58.750.925.00) moneda corriente, distribuidos en Patrimonio Autónomo
once millones setecientos cincuenta mil ciento ochenta y cinco pesos ($11.750.185.00) moneda
corriente, e Inversión cuarenta y siete millones setecientos cuarenta pesos ($47.000.740.00)
moneda corriente, correspondientes a Estampilla Prodesarrollo Universidad Surcolombiana
 
    

número 065 de 2009, tuvo vigencia hasta el año 2010;
Que el Comité Financiero según Acta número 012 de fecha 29 de septiembre de 2011,
analizó las solicitudes enunciadas en los considerandos anteriores y aprobó presentar al
Consejo Superior Universitario el proyecto de reducción del Presupuesto de Rentas y Re-

en la suma de mil trescientos sesenta y cuatro millones setecientos ochenta mil doscientos
treinta y cuatro pesos ($1.364.780.234.00) moneda corriente;
Que mediante Acuerdo número 042 del 17 de noviembre de 2011, el Consejo Supe-
rior Universitario aprobó reducir el Plan Operativo Anual de Inversiones en la suma de
ochocientos treinta y un millones cuatrocientos ochenta y siete mil treinta y cinco pesos
($831.487.035.00) moneda corriente;
En mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1°. Reducir el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital para la vigencia

doscientos treinta y cuatro pesos ($1.364.780.234) moneda corriente, según el siguiente detalle:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR