Notaría Única del Círculo de Talaigua Nuevo, Bolívar El Notario Único del Círculo de Talaigua Nuevo, Departamento de Bolívar, doctor Roberto Prins Pérez, emplazas a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la causante Enriqueta Jiménez de Alfaro. - 17 de Junio de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 284383963

Notaría Única del Círculo de Talaigua Nuevo, Bolívar El Notario Único del Círculo de Talaigua Nuevo, Departamento de Bolívar, doctor Roberto Prins Pérez, emplazas a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la causante Enriqueta Jiménez de Alfaro.

EmisorVarios
Número de Boletín48103
28
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.103
Viernes, 17 de junio de 2011
Que el Acto Administrativo en mención, señala en su artículo 2° que la inscripción
en todos los puestos de votación y corre gimientos e inspecciones de policía del país se
realizará del 16 al 22 de de mayo de 2011, en el horario comprendido entre las 10:00 a. m.
y las 6:00 p. m.;
Que en virtud de la época invernal la cual se ha manifestado con lluvias por encima del
promedio histórico principalmente en la Región Andina y la Costa Caribe, el señor Regis-
trador Delegado en lo Electoral y el Director de Censo Electoral promulgaron la Circular
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Departamentales del Registrador Nacional del Estado Civil se efectuara un monitoreo con
el propósito de informar sobre los puestos de votación que por consecuencia del impacto
invernal que se sufre a la fecha, no es posible efectuar inscripción de cédulas;
Que en consecuencia de lo anterior, los señores Delegados del Registrador Nacional en
los departamentos de Cundinamarca, Santander y La Guajira informaron que en sus respec-
tivas circunscripciones se presentan puestos de votación en donde no es posible efectuar
inscripción de cédulas, dado que la sede en donde se debe instalar el puesto de votación se
encuentra inundada o, las vías de acceso para llegar a este se encuentran cerradas;
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del 13 de mayo de 2011, Resolución número 3748 del 16 de mayo de 2011, Resolución
número 3819 del 17 de mayo de 2011, Resolución número 3831 del 17 de mayo 2011,
mediante las cuales se ordenó la suspensión del período de inscripción establecido en los
puestos de votación descritos en la parte resolutiva de cada acto administrativo y la Reso-
lución número 4574 del 9 de junio de 2011, por la cual se reanuda el periodo de inscripción
del 13 de junio al 19 de junio de 2011 en los municipios en donde habían sido aplazadas
por afectación de la ola invernal;
Los Delegados del señor Registrador Nacional del Estado Civil en el departamento de
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en los puestos de votación ubicados en los Corregimientos La Capilla y Monserrate en la
ciudad de Bucaramanga, no se puede efectuar inscripciones de cédulas como consecuencia
de la época invernal que perturba al país;
Así mismo, la Delegada del señor Registrador del Estado Civil en el departamento de
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puesto de votación ubicado en el Corregimiento de Chapaima en el municipio de Villeta
presenta inconvenientes por deslizamientos de tierra lo que no permite efectuar el desarrollo
de la inscripción;
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RMD-078 de 9 de junio 2011, comunica que en el puesto de votación ubicado en el Corre-
gimiento de San Antonio (Sierra Nevada), el municipio de Dibulla presenta inconvenientes
por vías de acceso bloqueadas lo que no permite efectuar el desarrollo de la inscripción;
Que para facilitar el ejercicio del derecho al sufragio y fomentar la participación de los
ciudadanos en las elecciones que se llevarán a cabo el 30 de octubre de 2011, es necesario
aplazar el período de inscripción de cédulas, en los puestos de inscripción de los departa-
mentos de La Guajira, Cundinamarca y Santander, para el periodo comprendido entre el
20 y el 24 de junio de 2011;
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RESUELVE:
Artículo 1º. Adiciónese –el artículo 1º de la Resolución 4574 del 9 de junio de 2011– de
acuerdo a la parte motiva del presente Acto Administrativo, y en consecuencia suspéndase
la inscripción de cédulas de ciudadanía para conformar el censo electoral en las elecciones
de Gobernadores, Asambleas Departamentales, Alcaldes, Concejos Municipales y Juntas
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siguientes puestos de votación del departamento de Santander:
DEPARTAMENTO MUNICIPIO ZONA PUESTO NOMBRE DEL PUESTO
SANTANDER BUCARAMANGA 99 07 LA CAPILLA
SANTANDER BUCARAMANGA 99 10 MONSERRATE
CUNDINAMARCA VILLETA 99 30 CHAPAIMA
LA GUAJIRA DIBULLA 99 44 SAN AN TONIO (SIE RRA NE-
VADA)
Artículo 2°. Señálese como fecha para la inscripción de cédulas de los ciudadanos in-
teresados en hacer parte del Censo Electoral de los puestos de votación que son objeto de
suspensión mediante el presente Acto Administrativo, el periodo comprendido entre el 20
de junio y el 24 de junio de 2011, en horario de 10:00 a. m. a 6:00 p. m.
Artículo 3º. Los Registradores respectivos informarán a
la ciudadanía, por los medios que estén a su alcance, la importancia del contenido de esta
decisión y los Delegados Departamentales de la Registraduría Nacional del Estado Civil,
vigilarán el cumplimiento de las instrucciones que con ocasión de este proceso se impartan.
Artículo 4°. 
3698 del 13 de mayo de 2011, y rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 13 de junio de 2011.
El Registrador Nacional del Estado Civil,
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El Secretario General,
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(C. F.).
Consejo de Estado Sala Plena
ACUERDOS
ACUERDO NÚMERO 076 DE 2011
(junio 7)
El Consejo de Estado, Sala Plena, en ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por los artículos 209, 211 y 237-6 de la Carta Política;
139 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia; y 4 y 9 de la Ley 489 de 1998,
y en atención a lo decidido en la sesión de la fecha.
CONSIDERA:
Que la función administrativa se fundamenta en los principios funcionales previstos en
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y como consecuencia la satisfacción del interés general.
Que la Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcio-
     
reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del
artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones, prevé en el artículo
9° lo siguiente:
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
(…)”.
Que la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia (artículo 139 de la Ley 270 de
1996), le atribuye a la Sala Plena del Consejo de Estado la facultad de conceder comisión
de servicios, en los términos del artículo 139 a los Magistrados de los Tribunales Admi-
nistrativos del país.
Que la Sala Plena de esta Corporación, en sesión celebrada el día de hoy, ha considerado
la necesidad de delegar en el Presidente del Consejo de Estado la facultad para aceptar las
renuncias a las comisiones de servicios concedidas a los Magistrados de los Tribunales
Administrativos del país,
ACUERDA:
Primero. Delegar en el Presidente del Consejo de Estado la facultad para aceptar las
renuncias de las comisiones de servicios concedidas a los Magistrados de los Tribunales
Administrativos del país.
Segundo. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
Bogotá, D. C., a 7 de junio de 2011.
Comuníquese.
El Vicepresidente,

El Secretario General,
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(C. F.).
Notaría Única del Círculo de Talaigua Nuevo, Bolívar
EDICTOS EMPLAZATORIOS
El suscrito Notario Único del Círculo de Talaigua Nuevo, Departamento de Bolívar,
doctor Roberto Prins Pérez,
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10)
días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial
de liquidación sucesoral de la causante Enriqueta Jiménez de Alfaro, quien fue portadora
en vida de la cédula de ciudadanía número 22925477 de Magangué, Bolívar, siendo su
domicilio y asiento principal de sus negocios la cabecera del municipio de Talaigua Nuevo,
Departamento de Bolívar, quien falleció en El Municipio de Magangué, Bolívar, el día 26
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Aceptado el tramite respectivo en esta Notaría mediante Acta número Cero, cero diecio-
cho (0018) de fecha catorce (14) de junio de dos mil once (2011), se ordena la publicación
nacional y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del
 
Notaría por el término de diez (10) días.
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El Notario Único del Círculo de Talaigua Nuevo,

Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario 0353019. 16-VI-2011. Valor
$31.300.

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