Resolución número 0023 de 2009, por medio de la cual se fija la tarifa mínima de las Tasas por Uso de Agua Superficial y Subterráneas en el área de Jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena 'CAM' para la vigencia 2009. - 27 de Abril de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 57294451

Resolución número 0023 de 2009, por medio de la cual se fija la tarifa mínima de las Tasas por Uso de Agua Superficial y Subterráneas en el área de Jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena 'CAM' para la vigencia 2009.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales
Número de Boletín47333

El Director General de la Corporacion Autonoma Regional del Alto Magdalena - CAM, en uso de sus atribuciones legales, y en especial las conferidas por los articulos 29 y 31 de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 155 de 2004, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 43 de la Ley 99/1993 establece que la utilizacion de las aguas, por parte las personas naturales y juridicas, publicas y privadas dara lugar al cobro de las tasas fijadas y calculadas por el Gobierno Nacional, las cuales seran destinadas al pago de los gastos de proteccion y renovacion de los Recursos Hidricos. Que el citado articulo fue reglamentado mediante el Decreto 155 del 24 de enero de 2004 y en su articulo tercero otorgo competencia a las Corporaciones Autonomas Regionales para recaudar dichas Tasas. Asi mismo en su articulo 7º señalo que la tarifa de las tasas por Utilizacion de las Aguas (TUA) expresada en pesos/m3, sera establecida por cada autoridad ambiental competente para cada cuenca hidrografica, acuifero o unidad hidrologica de analisis y estara compuesta por el producto de dos componentes: la tarifa minima (TM) y el factor regional (FR).

Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante la Resolucion numero 0240 de 2004, definio las bases para el calculo de la depreciacion y adopto la tarifa minima de la Tasa por Utilizacion de Aguas, consagrando en su articulo 5º. A su vez señalo el valor de la tarifa minima se ajustara anualmente con base en el indice de precios consumidor, IPC, certificado por el DANE, lo que significa que, para esta vigencia de 2009, el ajuste del valor de la tarifa minima para la presente vigencia sera de cero punto seiscientos sesenta y siete pesos por metro cubico...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR