Decreto número 3421 de 2009, por el cual se autoriza temporalmente el tránsito entre los departamentos de Arauca y Norte de Santander, de vehículos internados en los municipios que integran las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo de estos departamentos. - 10 de Septiembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 66889162

Decreto número 3421 de 2009, por el cual se autoriza temporalmente el tránsito entre los departamentos de Arauca y Norte de Santander, de vehículos internados en los municipios que integran las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo de estos departamentos.

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín47468

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 11 y 25 del articulo 189 de la Constitucion Politica de Colombia y los articulos 3° de la Ley 6ª de 1971 y de la Ley 7ª de 1991 y las Leyes 191 de 1995 y, 633 de 2000 DECRETA:

Articulo 1° Autorizar por el termino de seis (6) meses el transito entre los departamentos de Arauca y Norte de Santander, de los vehiculos de transporte terrestre automotor internados temporalmente en los municipios que integran las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo de estos departamentos.
Articulo 2° El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacion.

Publiquese y cumplase.

Dado en Bogota, D. C., a 9 de septiembre...

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