Auto de 2009, por el cual se inicia Actuación Administrativa tendiente a revocar unos asientos registrales (Expediente 076 de 2009). - 17 de Abril de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 195084391

Auto de 2009, por el cual se inicia Actuación Administrativa tendiente a revocar unos asientos registrales (Expediente 076 de 2009).

EmisorVarios
Número de Boletín47683
5
Edición 47.683
Sábado 17 de abril de 2010 DIARIO OFICIAL
en el artículo 681 del Código de Procedimiento Civil acorde con la parte considerativa del
presente auto y fórmese el expediente respectivo según lo establecido por el artículo 29 del
Código Contencioso Administrativo.
Artículo 2°. Ordénese la práctica de pruebas y alléguense las informaciones que sean
necesarias, para el perfeccionamiento de la presente Actuación Administrativa de acuerdo
con lo establecido en los artículos 34 y 58 del Código Contencioso Administrativo.
Artículo 3° . Cítese como tercero s determinados al representante legal del Banco de
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el derecho q ue le asiste en su cond ición de acreedor, dentro de los cinco días sigui entes
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publicación d el presente auto en e l Fkctkq"QÝekcn"c"equv c"fg"guvc"qÝekpc."q"gp "wp"fkctkq"
de amplia cir culación nacional a costa de los interesados. (ar t. 14 y 15 del Código Co n-
tencioso Administra tivo)
Artículo 4°. QÝekct"cn"Lw¦icfq"Vtgkpvc"{"Ekpeq"Ekxkn"fgn"Ektewkvq"*57+"rtqeguq"2:/2646"fg"
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Artículo 5°. Contra el presente Auto, no procede recurso alguno
Artículo 6°. La presente providencia rige a partir de la fecha de su expedición
Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a…
El Registrador Principal ORIP Bogotá, Zona Sur,
René Alejandro Vargas Leverde.
(C. F.)
AUTO DE 2009
(enero 26)
por el cual se inicia Actuación Administrativa tendiente a revocar un asiento registral
50S-40208827 Exp. AA180-2008
Gn"Tgikuvtcfqt"Rtkpekrcn"fg"nc"QÝekpc"fg"Tgikuvtq"fg"Kpuvtwogpvqu"R¿dnkequ"fg"Dqiqvƒ."F0"
C., Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo
25 de la Resolución número 4174 de 1984 de la Superintendencia de Notariado y Registro,
el Decreto 412 de febrero 15 de 2007 y el Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO QUE:
(…)
RESUELVE:
Artícul o 1°. I níciese A ctuación Administrati va te ndiente a re vocar la ano tación
número 17 del folio d e matrícula in mobiliaria 5 0S-40208827 ac orde con la p arte con-
siderat iva del pr esente Auto, y fórmese el expedient e respectiv o según lo establecido
por el artículo 29 del Código Contencio so Admin istrativo y Bloquéese el folio de
matrícu la mencionado .
Artículo 2°. Ordénese la práctica de pruebas y alléguense las informaciones que sean
necesarias, para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa de acuerdo
con lo establecido por los artículos 34 y 58 del Código Contencioso Administrativo.
Artículo 3°. Cítense como terceros determinados a la señora Ruby Jeannette Sánchez
Urrego, titular del derecho de dominio y a la DIAN quien promovió la medida cautelar,
para que se hagan parte en la actuación administrativa que se inicia, dentro de los cinco (5)
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por edicto y con publicación del presente Auto en el Fkctkq"QÝekcn"c"equvc"fg"guvc"QÝekpc"
o en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados. (Artículos 14 y 15
del Código Contencioso Administrativo)
Artículo 4°. QÝekct"c"nc"FKCP"Dqiqvƒ."uqnkekvcpfq"fkurqpic"nc"ecpegncek„p"fgn"cevq"fg"
registro relacionado con la medida; y envíese copia del presente Auto para que se pronuncie
respecto de la actuación administrativa que se inicia.
Artículo 5°. Contra el presente Auto, no procede recurso alguno.
Artículo 6°. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.
Dado en Bogotá, D. C. a 26 de enero de 2009.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de enero de 2009.
Gn"Tgikuvtcfqt"Rtkpekrcn"QÝekpc"fg"Tgikuvtq"fg"K0"R0"Dqiqvƒ"¥qpc"Uwt.
René Alejandro Vargas Leverde.
(C. F.)
AUTO DE 2009
(mayo 20)
por el cual se inicia Actuación Administrativa (Expediente 038 de 2008).
El Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Sur, en uso de sus
facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 25 de la Resolución número
4174 de 1984 de la Superintendencia de Notariado y Registro, el Decreto 0412 de 2007 y
el Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO QUE:
DISPONE:
Artículo 1°. Iniciar Ac tuación Administrativa tendiente a revocar la anotación 0 09
del folio de Matrícula Inmobilia ria 50S-627590 por contrariar lo dispuesto en el numeral
primero del a rtículo 839-1 del Estatut o Tributario, acorde con la parte cons iderativa del
presente auto.
Artíc ulo 2°. Ordénese la práct ica de p ruebas y allégue nse las informaci ones que
sean necesari as, para el per feccionam iento d e la pre sente Actu ación Admi nistrati va
de a cuerdo con lo establec ido en los artí culos 3 4 y 58 del Có digo Con tencioso Ad-
minis trativo.
Artículo 3°. Cítese como terceros determinados al representante legal de la Dirección de
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al proceso a ejercer el derecho que le asiste en su condición de acreedor, dentro de los cinco
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etgcp"eqp"fgtgejq"c"kpvgtxgpkt."rctc"nq"ewcn"ug"uwtvktƒ" nc"pqvkÝecek„p"gp"hqtoc"rgtuqpcn."q"
por edicto y con publicación del presente auto en el Fkctkq"QÝekcn"c"equvc"fg"guvc"qÝekpc."
o en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados (arts. 14 y 15 del
Código Contencioso Administrativo).
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Cobranzas - Proceso Administrativo de Cobro de la Nación contra Carrillo Moreno Jorge
Enrique, Exp. 20061220, solicitando disponga la cancelación del acto de registro relacio-
nado con la medida, y envíe copia del presente auto para que se pronuncie respecto de la
actuación administrativa que se inicia.
Artículo 5°. Contra el presente Auto, no procede recurso alguno.
Artículo 6°. La presente providencia rige a partir de la fecha de su expedición.
Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 20 de mayo de 2009.
El Registrador Principal ORIP Bogotá, Zona Sur,
René Alejandro Vargas Laverde.
(C. F.)
AUTO DE 2009
(mayo 29)
por el cual se inicia Actuación Administrativa tendiente a revocar unos asientos
registrales (Expediente 076 de 2009).
El Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Sur, en uso de sus
facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 25 de la Resolución número
4174 de 1984 de la Superintendencia de Notariado y Registro, el Decreto 0412 de 2007 y
el Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO QUE:
DISPONE:
Artículo 1°. Iniciar Actuación Administrativa tendiente a revocar la anotación 3, 4 y 5
del folio de Matrícula Inmobiliaria 50S-40305456, por contrariar lo dispuesto en el artículo
82 del Decreto 1250 de 1970 acorde con la parte considerativa del presente auto y fórmese
el expediente respectivo según lo establecido por el artículo 29 del Código Contencioso
Administrativo.
Artículo 2°. Ordénese la práctica de pruebas y alléguense las informaciones que sean
necesarias, para el perfeccionamiento de la presente Actuación Administrativa de acuerdo
con lo establecido en los artículos 34 y 58 del Código Contencioso Administrativo.
Artículo 3°. Cítese como terceros determinados a Betancour Odilia Nmariela, para
swg"rtgxkc"pqvkÝecek„p"fg"guvc"fgekuk„p."eqorctg¦ec"cn"rtqeguq"c"glgtegt"gn"fgtgejq"swg"ng"
cukuvg"gp"uw"eqpfkek„p"fg"cetggfqtc."fgpvtq"fg"nqu"ekpeq"fcu"ukiwkgpvgu"c"uw"pqvkÝecek„p."{"
cn"ug‚qt"Fc¦"Icttkfq"Itkuocnfq"Kxƒp."èxknc"Etw¦"Lqufi"Ghtcp"{"Tkxgtc"Etw¦"Ectnqu"Lwnkq."
o por edicto y con publicación del presente auto en el Fkctkq"QÝekcn"c"equvc"fg"guvc"qÝekpc."
o en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados (arts. 14 y 15 del
Código Contencioso Administrativo).
Ctvewnq"6̇0"QÝekct"cn"Lw¦icfq" Ekpewgpvc"{"Fqu"Ekxkn" Owpkekrcn."rtqeguq"3;;;/27:5"
de Betancour Odilia Mariela a Díaz Iván, Exp. 076 de 2009, informando que ya se inició
Actuación Administrativa tendiente a Revocar la anotación tres del folio de Matrícula
50S-40305456 y solicitar, se corrija el nombre del deudor el cual debe quedar así: Díaz
Garrido Grismaldo Iván.
Artículo 5°. Contra el presente Auto no procede recurso alguno.
Artículo 6°. La presente providencia rige a partir de la fecha de su expedición.
Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 29 de mayo de 2009.
El Registrador Principal ORIP Bogotá, Zona Sur,
René Alejandro Vargas Laverde.
(C. F.)
AUTO DE 2010
(febrero 5)
por el cual se Inicia Actuación Administrativa tendiente a cerrar un folio de Matrícula
Inmobiliaria 50S-40207186 Revocatoria 021 de 2009.
El Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Sur, en uso de sus
facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 25 de la Resolución número
4174 de 1984 de la Superintendencia de Notariado y Registro, el Decreto 0412 de 2007 y
el Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO QUE:
DISPONE:
Artículo 1°. Iniciar Actuación Administrativa tendiente a dejar sin valor ni efecto
jurídico la anotación ocho (8) del folio de Matrícula 50S-40207186, acorde con la parte
considerativa del presente auto.
Artículo 2°. Ordénese la práctica de pruebas y alléguense las informaciones que sean
necesarias, para el perfeccionamiento de la presente Actuación Administrativa de acuerdo
con lo establecido en los artículos 34 y 58 del Código Contencioso Administrativo.
Artíc ulo 3°. Notifíque se del p resente a uto a la señora G ladys Vél ez de Bel trán y
Octc "Cnektc"Ctfixc nq"èxkn c."fgpv tq"fg"nqu"ek peq"fcu"ukiwkgpvgu "c"uw"pqvkhk ecek „p."rct c"
lo cual se sur tirá la notif icación en form a personal, o por ed icto y con publ icación de l
prese nte aut o en e l Fkctk q"Q hkek cn a costa de es ta ofic ina, o en un diario de am plia

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