Resolución número 65 de 2012, por la cual se termina y archiva una actuación administrativa.
Emisor | Varios |
Número de Boletín | 48530 |
19
Edición 48.530
Miércoles, 22 de agosto de 2012 D I A R I O O F I C I A L
Contencioso Administrativo, como terceros indeterminados a todos aquellos que se crean con
derechos a intervenir en la actuación.
de Apelación ante la Dirección de Registro de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
En San Martín, Meta, a 23 de julio de 2012.
El Registrador de Instrumentos Públicos de San Martín (Meta),
Genaro Gutiérrez Garavito.
(C. F.).
(julio 30)
por la cual se termina y archiva una actuación administrativa.
Meta, en ejercicio de sus facultades legales de las conferidas por el Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el Grupo de Justicia y Paz de la Superintendencia de Notariado y Registro, presentó en
informe relacionado con la situación jurídico-registral de inmuebles que corresponden al Círculo
de San Martín (Meta);
Que una vez estudiado el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 236-53582, se observa:
Que el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 236-53582, corresponde a un predio rural
(Meta), con un área de 22 hectáreas y 2.075 m2, terreno adjudicado por el Incoder a Jorge Jaime
García y Luz Miryam Roa Ríos, mediante Resolución número 0434 del 22 de marzo de 2007.
Se advierte que al revisar la carpeta de antecedentes no reposa el original de la Resolución
simple de la resolución;
Que conforme al artículo 18 del Decreto número 1250 de 1970, indica:
de Registro (…)”.
Igualmente el artículo 82 del mismo decreto, señala:
“El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ordenación, de
manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”.
Consideraciones del Despacho
Debido a las anteriores circunstancias se inició mediante auto la Actuación Administrativa
236-AA-2012-34 del 27 de marzo de 2012 para determinar la real situación jurídica del Folio
de Matrícula Inmobiliaria número 236-53582.
Incoder, el cual informa que efectivamente la Resolución de Adjudicación número 0434 del
mencionados, enviando copia autenticada de dicho acto administrativo, con destino al archivo
Teniendo en cuenta que el Incoder, al enviar copia autenticada de la Resolución número
0434 del 22 de marzo de 2007, objeto de esta actuación administrativa y constatar que fue esta
señores Jorge Jaime García y Luz Miryam Roa Ríos, se han subsanado las causales que dieron
origen a la actuación administrativa y, por tanto, se da cumplimiento a lo estipulado en el artículo
18 del Decreto número 1250 de 1970.
Matrícula Inmobiliaria número 236-53582.
-
y real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 236-53582, conforme a la
parte motiva de esta providencia.
Tercero. Publíquese esta providencia en un diario de amplia circulación nacional, a costa de
los interesados, o en el
Contencioso Administrativo, como terceros indeterminados a todos aquellos que se crean con
derechos a intervenir en la actuación.
de Apelación ante la Dirección de Registro de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
En San Martín, Meta, a 30 de julio de 2012.
El Registrador de Instrumentos Públicos de San Martín (Meta),
Genaro Gutiérrez Garavito.
(C. F.).
RESOLUCIÓN NÚMERO 65 DE 2012
(julio 30)
por la cual se termina y archiva una actuación administrativa.
Meta, en ejercicio de sus facultades legales de las conferidas por el Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el Grupo de Justicia y Paz de la Superintendencia de Notariado y Registro, presentó en
informe relacionado con la situación jurídico-registral de inmuebles que corresponden al Círculo
de San Martín (Meta);
Que una vez estudiado el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 236-53496, se observa:
Que el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 236-53496, corresponde a un predio rural
(Meta), con un área de 22 hectáreas y 7.346 m2, terreno adjudicado por el Incoder a Fernando
Monsalve y Luz Marina Mancilla Figueroa, mediante Resolución número 498 del 3 de abril de 2007.
Se advierte que al revisar la carpeta de antecedentes no reposa el original de la Resolución
de la resolución;
Que conforme al artículo 18 del Decreto número 1250 de 1970, indica:
de Registro (…)”.
Igualmente el artículo 62 del mismo decreto, señala:
“El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ordenación, de
manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”.
Consideraciones del Despacho
Debido a las anteriores circunstancias se inició mediante auto la Actuación Administrativa
236-AA-2012-35 del 27 de marzo de 2012, para determinar la real situación jurídica del Folio
de Matrícula Inmobiliaria número 236-53496.
Incoder, el cual informa que efectivamente la Resolución de Adjudicación número 498 del 3 de
Teniendo en cuenta que el Incoder, al enviar copia autenticada de la Resolución número 498
del 3 de abril de 2007 objeto de esta actuación administrativa y constatar que fue esta la entidad
Fernando Monsalve y Luz Marina Mancilla Figueroa, se han subsanado las causales que dieron
origen a la actuación administrativa y, por tanto, se da cumplimiento a lo estipulado en el artículo
18 del Decreto número 1250 de 1970.
Matrícula Inmobiliaria número 236-53496.
-
y real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 236-53496, conforme a la
parte motiva de esta providencia.
-
Tercero. Publíquese esta providencia en un diario de amplia circulación nacional, a costa de
los interesados, o en el
Contencioso Administrativo, como terceros indeterminados a todos aquellos que se crean con
derechos a intervenir en la actuación.
de Apelación ante la Dirección de Registro de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
En San Martín, Meta, a 30 de julio de 2012.
El Registrador de Instrumentos Públicos de San Martín (Meta),
Genaro Gutiérrez Garavito.
(C. F.).
(julio 30)
por la cual se termina y archiva una actuación administrativa.
Meta, en ejercicio de sus facultades legales de las conferidas por el Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el Grupo de Justicia y Paz de la Superintendencia de Notariado y Registro, presentó en
informe relacionado con la situación jurídico-registral de inmuebles que corresponden al Círculo
de San Martín (Meta);
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