Resolución número 70 de 2012, por la cual se termina y archiva una actuación administrativa.
Emisor | Varios |
Número de Boletín | 48530 |
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Edición 48.530
Miércoles, 22 de agosto de 2012 D I A R I O O F I C I A L
de Registro (…)”.
Igualmente el artículo 82 del mismo decreto, señala:
“El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ordenación, de
manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”.
Consideraciones del Despacho
Debido a las anteriores circunstancias se inició mediante auto la Actuación Administrativa
236-AA-2012-37, del 27 de marzo de 2012, para determinar la real situación jurídica del Folio
de Matrícula Inmobiliaria número 236-53524.
el cual informa que efectivamente la Resolución de Adjudicación número 490 del 3 de abril
Teniendo en cuenta que el Incoder, al enviar copia autenticada de la Resolución número 490
del 3 de abril de 2007, objeto de esta actuación administrativa y constatar que fue esta la entidad
Isolina Quintero Quintero y Gonzalo Castillo Gómez, se han subsanado las causales que dieron
origen a la actuación administrativa y, por tanto, se da cumplimiento a lo estipulado en el artículo
18 del Decreto número 1250 de 1970.
Matrícula Inmobiliaria número 236-53524.
-
y real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 236-53524, conforme a la
parte motiva de esta providencia.
Tercero. Publíquese esta providencia en un diario de amplia circulación nacional, a costa de
los interesados, o en el
Contencioso Administrativo, como terceros indeterminados a todos aquellos que se crean con
derechos a intervenir en la actuación.
de Apelación ante la Dirección de Registro de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
En San Martín, Meta, a 31 de julio de 2012.
El Registrador de Instrumentos Públicos de San Martín (Meta),
Genaro Gutiérrez Garavito.
(C. F.).
(julio 31)
por la cual se termina y archiva una actuación administrativa.
Meta, en ejercicio de sus facultades legales de las conferidas por el Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el Grupo de Justicia y Paz de la Superintendencia de Notariado y Registro, presentó en
informe relacionado con la situación jurídico-registral de inmuebles que corresponden al Círculo
de San Martín (Meta);
Que una vez estudiado el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 236-53556, se observa:
Que el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 236-53556, corresponde a un predio rural
(Meta), con un área de 22 hectáreas y 5.662 m2, terreno adjudicado por el Incoder a Cañaveral
Se advierte que al revisar la carpeta de antecedentes no reposa el original de la Resolución
la resolución;
Que conforme al artículo 18 del Decreto número 1250 de 1970 indica:
de Registro (…)”.
Igualmente el artículo 82 del mismo decreto señala:
“El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ordenación, de
manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”.
Consideraciones del Despacho
Debido a las anteriores circunstancias se inició mediante auto la Actuación Administrativa
236-AA-2012-38, del 27 de marzo de 2012, para determinar la real situación jurídica del Folio
de Matrícula Inmobiliaria número 236-53556.
Incoder, el cual informa que efectivamente la Resolución de Adjudicación número 0421 del 22 de
Teniendo en cuenta que el Incoder, al enviar copia autenticada de la Resolución número
0421 del 22 de marzo de 2007, objeto de esta actuación administrativa y constatar que fue esta
actuación administrativa y, por tanto, se da cumplimiento a lo estipulado en el artículo 18 del
Matrícula Inmobiliaria número 236-53556.
-
y real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 236-53556, conforme a la
parte motiva de esta providencia.
Tercero. Publíquese esta providencia en un diario de amplia circulación nacional a costa de
los interesados o en el
Contencioso Administrativo, como terceros indeterminados a todos aquellos que se crean con
derechos a intervenir en la actuación.
de Apelación ante la Dirección de Registro de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
En San Martín, Meta, a 31 de julio de 2012.
El Registrador de Instrumentos Públicos de San Martín (Meta),
Genaro Gutiérrez Garavito.
(C. F.).
RESOLUCIÓN NÚMERO 70 DE 2012
(julio 31)
por la cual se termina y archiva una actuación administrativa.
Meta, en ejercicio de sus facultades legales de las conferidas por el Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el Grupo de Justicia y Paz de la Superintendencia de Notariado y Registro, presentó en
informe relacionado con la situación jurídico-registral de inmuebles que corresponden al Círculo
de San Martín (Meta);
Que una vez estudiados los Folios de Matrículas Inmobiliarias números 236-53489, 236-
53490 se observa:
Que el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 236-53490 corresponde a un predio rural
con un área de 4 hectáreas y 1.663 m2, terreno adquirido por el Incoder y adjudicado mediante
a favor de Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero.
Que el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 236-53489 corresponde a un predio rural
con un área de 18 hectáreas y 9.645 m2, terreno adquirido por el Incoder y adjudicado mediante
a favor de Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero.
Se advierte que al revisar la carpeta de antecedentes no reposa el original de la Resolución
simple de la resolución.
Que conforme al artículo 18 del Decreto número 1250 de 1970 indica:
de Registro (...)”.
Igualmente el artículo 82 del mismo decreto señala:
“El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ordenación, de
manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”.
Consideraciones del Despacho
Debido a las anteriores circunstancias se inició mediante auto la Actuación Administrativa
236-AA-2012-39, del 27 de marzo de 2012, para determinar la real situación jurídica de los
Folios de Matrícula Inmobiliaria números 236-53489, 236-53490.
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