Decreto número 2432 de 2009, por el cual se da por terminado un encargo y se efectúa un nombramiento de Notario en interinidad. - 30 de Junio de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59727315

Decreto número 2432 de 2009, por el cual se da por terminado un encargo y se efectúa un nombramiento de Notario en interinidad.

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín47396

El Ministro del Interior y de Justicia de la Republica de Colombia delegatario de las funciones Presidenciales mediante Decreto 2327 del 23 de junio de 2009, en ejercicio de sus facultades Constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 13 del articulo 189 de la Constitucion Politica y los articulos 5° del Decreto 2163 de 1970 y 66 del Decreto 2148 de 1983, y CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional, mediante Decreto numero 1312 del 17 de abril de 2009, designo al doctor Daniel Londoño Carvajal, identificado con la cedula de ciudadania numero 10236534 expedida en Manizales (Caldas), como Notario Unico del Circulo de Mitu (Vaupes), en calidad de encargado, por renuncia aceptada al doctor Hector Fabio Giraldo Lopez.

Que el articulo 66 del Decreto 2148 de 1983, señala: "Articulo 66. El notario desempeña el cargo en propiedad, en interinidad o por encargo: 1. En propiedad cuando, con el lleno de los requisitos legales exigidos para el cargo, ha sido seleccionado mediante concurso.

  1. En interinidad, cuando ha sido designado como tal: a) Por no realizarse el concurso convocado o este se declare desierto;

  1. Por encargo superior a tres meses;

  2. Por falta absoluta de titular;

  3. Por encargo cuando ha sido designado para suplir faltas del titular".

Que conforme a la norma transcrita el Gobierno Nacional esta facultado para proveer el cargo en interinidad, observandose el cumplimiento de los requisitos de ley para el nombramiento y desempeño del cargo.

Que con fundamento en la certificacion expedida por el Superintendente de Notariado y Registro, el doctor Pedro Nel Yaya Martinez, identificado con la cedula de ciudadania numero 17310995 de Villavicencio, no se encuentra en circunstancias que impidan el ejercicio de la funcion notarial y reune los requisitos exigidos en el articulo 153 del Decreto-ley...

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