Dirección Territorial de Cundinamarca Registro de inscripción del acta de constitución de una organización sindical
Emisor | Ministerio del Trabajo |
Número de Boletín | 48454 |
5
Edición 48.454
Jueves, 7 de junio de 2012 D I A R I O O F I C I A L
11.14 Para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 73 del Decreto 111 de
1996, en los contratos se deberán sujetar los compromisos de pago al Programa Anual Men-
sualizado de Caja (PAC), que sea aprobado para cada Unidad Ejecutora, así como al concepto
Financiero o quien haga sus veces en las Unidades, quien deberá gestionar previamente y de
según corresponda), de acuerdo con las condiciones de pago que se convengan en los contra-
tos; impartir su aprobación previa en relación con las condiciones de pago que se convengan.
11.15 En virtud del principio de continuidad de la administración y de la presunción de
legalidad de los actos administrativos, el simple cambio de funcionario delegante y/o delegatario
no extingue los efectos del acto de delegación. De ahí que, en caso de supresión de cargos o de
cambio de denominación de los mismos, las delegaciones se entenderán efectuadas en aquellos
cargos que asuman las funciones de la unidad, dependencia o área suprimida o cuyo nombre
11.16 Las responsabilidades y consecuencias de la presente delegación, se rigen por las
normas legales aplicables y, en particular, por los artículos 9° y siguientes de la Ley 489 de 1998.
de enero de 2012 artículo 15 el cual quedará así:
Artículo 15. -
. El Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Dirección de Contratación
Estatal, o quien haga sus veces, prestará asesoría en la actividad de contratación del Ministerio
de Defensa Nacional y de sus unidades ejecutoras en todo los niveles de delegación efectuada
a través de la presente resolución. Igualmente hará ejercicio de sus competencias legales, en
los términos del Decreto 4890 del 23 de diciembre de 2011,
adicionen, en apoyo al deber de orientación e instrucción que corresponde a los jefes superio-
res de la administración y especialmente, mediante criterios de interpretación legal de última
instancia, en materia contractual. En desarrollo de tales funciones la Dirección de Contratación
Estatal, o quien haga sus veces, construirá, divulgará y hará seguimiento de los documentos
que contengan las condiciones y políticas establecidas por este Ministerio, respecto de cada
uno de los actos, etapas y actuaciones de la actividad contractual, que se adopten como guías,
manuales, o reglamentos de contratación pública en el Ministerio de Defensa Nacional, sin
perjuicio de la tareas de apoyo que le corresponden.
Artículo 4°. La presente resolución regirá a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 5°. Las demás estipulaciones de la Resolución número 0001 del 2 de enero de
presente resolución, continúan vigentes.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 4 de junio de 2012.
El Ministro de Defensa Nacional,
(C. F.).
MINISTERIO DE TRABAJO
Dirección Territorial de Cundinamarca
Inspector de Trabajo Luis Alfonso Guisado Bermúdez
REGISTRO DE INSCRIPCIÓN DEL ACTA DE CONSTITUCIÓN
DE UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL
Número I-017
CIUDAD: BOGOTÁ,
D.C.
FECHA:
HORA 2:20 p.
m.
14 03 2012
ORGANIZACIÓN SINDICAL
GRADO 1° Sindicato X 2 Federación 3 Confederación
CLASIFICACIÓN
SINDICATO Empresa
Industria
Gre-
mial
Rama de ac-
tividad eco-
nómica
XOficios
Varios
NOMBRE
ASOCIACIÓN DE VENDEDORES DE SANANDRESITO PLAZA 38 “ASO-
VENSAN 38”
REGISTRO INSCRIP-
CIÓN DEL ACTA DE
CONSTITUCIÓN
No. I-017- FECHA 14 03 2012
DOMICILIO PRIN-
CIPAL DG. 39 A BIS # 14-52 BOGOTA, D. C. 3620199
INTEGRANTES
PRINCIPAL SUPLENTE
NOMBRE DOCUMENTO
DE INTENTIDAD CARGO NOMBRE DOCUMENTO
DE IDENTIDAD CARGO
HERNANDO GI-
RALDO GIRAL-
DO
19141632 PRESIDENTE MARÍA CHILA-
TRA
51698046 SECRETARIA DE OR-
GANIZACIÓN
JOHANA ASTRID
PINZÓN
52852492 VICEPRESI-
DENTE
WLMER CASTRO
ZOTO
79394336 SECRETARIO DE CO-
MUNICACIÓN
ANYELA PAOLA
ROMERO
52836704 SECRETARIA
GENERAL
LUIS GABRIEL
LOZANO
311342 SECRETARIO DE FOR-
MACIÓN, CULTURA Y
DEPORTES
PRINCIPAL SUPLENTE
NOMBRE DOCUMENTO
DE INTENTIDAD CARGO NOMBRE DOCUMENTO
DE IDENTIDAD CARGO
LILIANA ARIZA 52337938 TESORERA AMPARO RAMOS
ORTIZ
39751972 SECRETARIA DE
ASUNTOS INTERINS-
TITUCIONALES
CARLOS ENRI-
QUE BORDA
17097352 FISCAL ENRIQUE MAR-
SIGLIA
73241477 SECRETARIA HOSPI-
TALARIA Y SALUD
DEPOSITANTE
NOMBRE HERNANDO GIRALDO GIRALDO
IDENTIFICACIÓN 19141632 CARGO PRESIDENTE
Lo anterior dando cumplimiento del artículo 365 del Código Sustantivo de Trabajo, y acatando
lo ordenado en la Sentencia C-395 de 2008, artículo 4°, proferida por la Corte Constitucional.
El Inspector de Trabajo,
El Depositante,
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21201000. 06-VI-2012. Valor $48.200.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 6081 DE 2012
(junio 4)
La Ministra de Educación Nacional, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales
y en especial la conferida en el artículo 211 de la Constitución Política en concordancia con el
artículo 9° de la Ley 489 de 1998.
CONSIDERANDO:
Que conforme a la Ley 30 de 1992, corresponde al Gobierno Nacional desarrollar procesos
de evaluación que apoyen y fomenten la educación superior, y velar por la calidad y el adecuado
cubrimiento de este servicio público;
Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1188 de 2008 y el Decreto número 1295
de 2010, al Ministerio de Educación Nacional le compete adelantar el procedimiento adminis-
trativo que soliciten las instituciones de educación superior para el otorgamiento, renovación y
puedan ser ofrecidos y desarrollados;
Que en igual sentido, el Decreto número 5012 de 2009 establece que le corresponde al
Ministerio de Educación Nacional, dirigir el proceso de evaluación de la calidad de la educa-
ción superior;
corresponde a los Ministerios cumplir las funciones y atender los servicios asignados, y dictar
en desarrollo de la ley y de los decretos respectivos, las normas necesarias para tal efecto;
Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, faculta a los Ministros para delegar la atención
-
tivos y asesores vinculados al Ministerio, con el propósito de dar desarrollo a los principios
de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la
ley antes mencionada;
Que conforme al inciso 2° del artículo 34 del Decreto número 1295 de 2010, el Ministerio
de Educación Nacional a solicitud de la Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de
la Calidad de la Educación Superior - Conaces, puede requerir a la institución por una sola vez
o la disposición que lo sustituya, la información o documentos que considere necesarios para
que dicha Comisión emita el concepto integral que le corresponde;
Que por medio de Resolución número 6663 de 2 de agosto de 2010, se delegó en el Vice-
-
reformas estatutarias distintas a las de cambio de carácter académico, creación de seccionales,
RESUELVE:
“Artículo 1°.
de educación superior, y con las reformas estatutarias distintas a las de cambio de carácter
Nacional; y delegar en el Director para la Calidad para la Educación Superior la expedición y
o documentos que se consideren necesarios para que la Comisión Nacional Intersectorial de
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior –Conaces– emita el concepto integral
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 4 de junio de 2012.
La Ministra de Educación Nacional,
(C. F.).
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