Texto aprobado en sesión plenaria al proyecto de ley 149 de 2009 senado
TEXTO APROBADO EN SESIÓN PLENARIA AL PROYECTO DE LEY 149 DE 2009 SENADO. Mediante la cual se reviste al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias en aplicación del numeral 10 del artículo 150 de la Constitución Política de Colombia y se dictan otras disposiciones en relación con el funcionamiento del Consejo Nacional Electoral.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Organización y estructura del Consejo Nacional Electoral
El Consejo Nacional Electoral ¿CNE¿ es un órgano de rango constitucional, con autonomía administrativa y presupuestal y será representado legalmente por su Presidente.
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Por los aportes del presupuesto nacional y por los que reciba a cualquier título de la Nación o de cualquier otra entidad estatal;
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Por el producido de la enajenación de sus bienes y por las donaciones;
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Por los demás ingresos y bienes que adquiera a cualquier título;
Disposiciones Transitorias
Facultades extraordinarias.De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 150 de la Constitución Política, y el artículo 12 del Acto Legislativo 01 de 2009, revístese al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para que dentro del término de seis (6) meses, contados a partir de la promulgación de la presente ley, expida normas con fuerza de ley para:
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Determinar la estructura orgánica y administrativa del Consejo Nacional Electoral.
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Establecer el régimen administrativo de personal del CNE, la clasificación de empleos y carrera administrativa del Consejo Nacional Electoral.
Parágrafo 1°.Las facultades aquí solicitadas se ejercerán con los siguientes propósitos:
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La...
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