Texto Aprobado en Sesión Plenaria al Proyecto de Ley 192 de 2012 Senado, 125 de 2012 Cámara
TEXTO APROBADO EN SESIÓN PLENARIA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA EL DÍA 10 DE DICIEMBRE DE 2013 AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 192 DE 2012 SENADO, 125 DE 2012 CÁMARA por medio de la cual se declara patrimonio cultural de la nación el Festival Internacional de Música Popular Amazonense (Finmupa) en Leticia ¿El Pirarucú de Oro¿. El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Declárese patrimonio cultural de la Nación el Festival Internacional de Música Popular Amazonense (Finmupa) en Leticia: ¿El Pirarucú de Oro¿, el cual se celebra cada año durante el mes de noviembre en la ciudad de Leticia-Amazonas.
Artículo 2°. La Nación a través del Ministerio de Cultura, contribuirá al fomento, promoción, protección, conservación, divulgación, desarrollo y financiación de los valores culturales que se originen alrededor del festival del ¿Pirarucú de Oro¿. Así mismo, apoyará el trabajo investigativo en relación con el aporte musical de los amazonenses y las publicaciones en el tema; contribuirá al fomento de la producción musical de la región en los diferentes formatos que las nuevas tecnologías permiten, apoyará la producción fílmica que permita la difusión a nivel nacional e internacional de la cultura amazonense y en general de Colombia; y de igual manera apoyará aquellas manifestaciones y expresiones del Amazonas que también hacen parte del aporte cultural como son: la producción de instrumentos musicales típicos, artesanías y vestuario entre otros.
Artículo 3°. La Nación, a través del Ministerio de Cultura establecerá un programa de fortalecimiento de las expresiones musicales del Amazonas y contribuirá a su difusión en los establecimientos educativos.
Artículo 4°. Las autoridades locales, con el acompañamiento del Ministerio de Cultura, seguirán los trámites y procedimientos pertinentes para la inclusión de las tradiciones musicales y dancísticas asociadas al Festival Finmupa: ¿El Pirarucú de Oro¿, en la lista representativa del patrimonio cultural inmaterial del ámbito nacional y para la elaboración del Plan Especial de Salvaguardia de dicha manifestación reglamentado en el Decreto número 2941 de 2009.
Artículo 5°. La Nación, a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba