Texto Aprobado en Sesión Plenaria al Proyecto de Acto Legislativo 22 de 2014 Senado - 5 de Mayo de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 568923966

Texto Aprobado en Sesión Plenaria al Proyecto de Acto Legislativo 22 de 2014 Senado

TEXTO APROBADO EN SEGUNDA VUELTA EN SESIÓN PLENARIA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA EL DÍA 29 DE ABRIL DE 2015 AL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO NÚMERO 22 DE 2014 SENADO, 167 DE 2014 CÁMARA por el cual se reforma el artículo 221 de la Constitución Política de Colombia. El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. El artículo 221 de la Constitución Política quedará así:

De las conductas punibles cometidas por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio, conocerán las cortes marciales o tribunales militares, con arreglo a las prescripciones del Código Penal Militar. Tales Cortes o Tribunales estarán integrados por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro.

En la investigación y juzgamiento de las conductas punibles de los miembros de la Fuerza Pública, en relación con un conflicto armado o un enfrentamiento que reúna las condiciones objetivas del Derecho Internacional Humanitario, se aplicarán las normas y principios de este. Los jueces y fiscales de la justicia ordinaria y de la Justicia Penal Militar o Policial que conozcan de las conductas de los miembros de la Fuerza Pública deberán tener formación y conocimiento adecuado del Derecho Internacional Humanitario.

La Justicia Penal Militar o policial será independiente del mando de la Fuerza Pública.

Artículo 2°. El presente acto legislativo rige a partir de la fecha de su promulgación.

Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido al artículo 182 de la Ley 5ª de 1992, me permito presentar el texto definitivo aprobado en segunda vu elta en sesión plenaria...

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