Texto Aprobado en Sesión Plenaria al Proyecto de Ley 168 de 2015 Senado, 032 de 2014 Cámara - 24 de Noviembre de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 588099262

Texto Aprobado en Sesión Plenaria al Proyecto de Ley 168 de 2015 Senado, 032 de 2014 Cámara

TEXTO DEFINITIVO APROBADO EN SESIÓN PLENARIA EL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DE 2015 AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 032 DE 2014 CÁMARA, 168 DE 2015 SENADO por medio de la cual se declara Patrimonio Inmaterial, Cultural, Artístico y Folclórico de la Nación, el desfile El Salsódromo que se realiza dentro del marco de la Feria de Cali, y se dictan otras disposiciones. El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Objeto. Declárese Patrimonio Inmaterial, Cultural, Artístico y Folclórico de la Nación, el desfile El Salsódromo que se realiza dentro del marco de la Feria de Cali.

Artículo 2°. La República de Colombia, exalta a las Escuelas que participan activamente con sus espectáculos en el desfile El Salsódromo que se realiza dentro del marco de la Feria de Cali.

Artículo 3°. La salsa quedará incluida dentro de las acciones culturales que contarán con el apoyo del Gobierno nacional.

Artículo 4°. El desfile El Salsódromo como evento inaugural de la Feria de Cali, contará con espacios amplios y confortables para las personas con discapacidad.

Artículo 5°. Se incrementará y garantizará la presencia de la Fuerza Pública durante el evento del desfile El Salsódromo para garantizar mayor protección a los asistentes e invitados.

Artículo 6°. La Nación, a través del Ministerio de Cultura, contribuirá al desarrollo, perpetuación, publicidad, programas, alocuciones por canales de televisión y medios de comunicaciones locales y nacionales, para la difusión y propagación del desfile El Salsódromo.

Artículo 7°. De las obras y su financiación. A partir de la sanción de la presente ley y conforme a lo establecido en los artículos 288, 334, 341 y 345 de la Constitución Política, las competencias establecidas en la Ley 715 de 2001 y sus decretos reglamentarios, la Ley 819 de 2003, se autoriza al Gobierno nacional para que incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación e impulse a través del Sistema Nacional de Cofinanciación y del Programa Nacional de Concertación Cultural, las apropiaciones necesarias para El Salsódromo que se realiza dentro del marco de la Feria de Cali, al igual que la, financiación, fomento y permanencia de las Escuelas de Salsa de Santiago de Cali, en concordancia con la Administración Municipal.

Artículo 8°. Bailódromo. Créese ¿El Bailódromo¿, como escenario físico y espacio para estimular la práctica y desarrollo del baile en sus diversas manifestaciones a través de academias y escuelas.

Parágrafo. Facúltese al Gobierno...

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