Texto definitivo aprobado en Comisión al Proyecto de ley 018 de 2013 Cámara - 4 de Febrero de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 493471994

Texto definitivo aprobado en Comisión al Proyecto de ley 018 de 2013 Cámara

TEXTO APROBADO EN PRIMER DEBATE POR LA COMISIÓN TERCERA CONSTITUCIONAL PERMANENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES, EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA MARTES DIEZ (10) DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE (2013) AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 018 DE 2013 CÁMARA por medio de la cual se modifican algunos artículos del Decreto-ley número 4184 de 2011, se transforma la Empresa Nacional de Renovación Urbana Virgilio Barco Vargas S.A.S., en una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se dictan otras disposiciones. El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. El artículo 1º del Decreto-ley número 4184 de 2011 sobre ¿Creación y Naturaleza Jurídica¿ quedará así:

Artículo 1º. Naturaleza jurídica. Transfórmese la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano ¿ Virgilio Barco Vargas S.A.S. en una Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, capital independiente y vinculada al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

A partir de la aprobación de la presente ley, la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas S.A.S., se transforma para todos los efectos en Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas y así se entenderá en todos los artículos posteriores al Decreto-ley número 4184 de 2011.

Artículo 2º. El artículo 7º del Decreto-ley número 4184 de 2011 quedará así:

Artículo 7º. Órganos de Dirección y Administración. Los órganos de Dirección y Administración de la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas, estarán constituidos en su orden por una Junta Directiva y un Gerente.

Artículo 3º. Capital de la Empresa Nacion al de Renovación y Desarrollo Urbano. El capital de la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas, estará constituido por bienes y recursos públicos provenientes del orden nacional y de las entidades territoriales, de las entidades descentralizadas; los provenientes del desarrollo de su actividad y del giro ordinario de sus negocios, los bienes que adquiera a cualquier título, gratuito u oneroso, y los productos y rendimientos de ellos. Así como los bienes que actualmente posea al momento de su transformación.

El Gobierno nacional y las entidades descentralizadas del orden nacional podrán capitalizar a la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas, en los términos del artículo 8°...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR