Texto definitivo aprobado en comisión al proyecto de ley 84 de 2011 senado
TEXTO DEFINITIVO APROBADO EN COMISIÓN AL PROYECTO DE LEY 84 DE 2011 SENADO. (Aprobado en la Comisión Séptima Constitucional Permanente del honorable Senado de la República, en sesión del martes doce (12) de junio de 2012, según Acta 26)por medio de la cual se modifica el artículo 11 de la Ley 712 de 2001 y se aclara la competencia de la jurisdicción ordinaria laboral en los conflictos las entidades del Sistema de Seguridad Social Integral de carácter público y sus afiliados y/o beneficiarios.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 11. Competencia en los procesos contra las entidades del Sistema de Seguridad Social Integral. En los procesos que se sigan en contra de las entidades que conforman el sistema de seguridad social integral, será competente el juez laboral del circuito del lugar del domicilio de la entidad de seguridad social demandada o el del lugar donde se haya surtido la reclamación del respectivo derecho, a elección del demandante.
Lo mismo se aplicará en relación con los conflictos, diferencias y controversias que se susciten entre las entidades del sistema de seguridad social integral de carácter público y sus afiliados y/o beneficiarios, inclusive la Caja Nacional de Previsión (Cajanal) y el Instituto de Seguros Sociales o quien asuma sus funciones.
En los lugares donde no haya juez laboral del circuito conocerá de estos procesos el respectivo juez del circuito en lo civil.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
COMISIÓN SÉPTIMA CONSTITUCIONAL PERMANENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
En Sesión Ordinaria de la Comisión Séptima Constitucional Permanente del Senado de la República, del día doce (12) de junio de dos mil doce (2012), fue considerado el informe de ponencia para primer debate y el texto propuesto al Proyecto de ley número 84 de 2011 Senado, por medio de la cual aclara la competencia de la jurisdicción ordinaria laboral en los conflictos de la caja nacional de previsión, Instituto de Seguros Sociales, presentado por la honorable Senadora ponente: Gloria Inés Ramírez Ríos.
Dado lo anterior y, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5º, del Acto Legislativo 01 de 2009, Votación Pública y Nominal y a la Ley 1431 de...
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