Texto definitivo aprobado en sesión plenaria al proyecto de ley 166 de 2010 senado - 23 de Marzo de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451395666

Texto definitivo aprobado en sesión plenaria al proyecto de ley 166 de 2010 senado

TEXTO DEFINITIVO APROBADO EN SESIÓN PLENARIA AL PROYECTO DE LEY 166 DE 2010 SENADO. EN LA SESIÓN PLENARIA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA LOS DÍAS 23 DE FEBRERO Y 2, 8 Y 15 DE MARZO DE 2011, AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 166 DE 2010 SENADO Y 053 DE 2010 CÁMARApor medio de la cual se escinden unos Ministerios, se otorgan precisas facultades extraordinarias al Presidente de la República para modificar la estructura de la Administración Pública y la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones

El Congreso de Colombial

DECRETA:

Artículo 1º. Escisión del Ministerio del Interior y de Justicia. Escíndanse del Ministerio del Interior y de Justicia los objetivos y funciones asignados por las normas vigentes al despacho del Viceministro de la Justicia y el Derecho y a las dependencias a su cargo.

Artículo 2º. Reorganización del Ministerio del Interior y de Justicia. Reorganícese el Ministerio del Interior y de Justicia, el cual se denominará Ministerio del Interior y continuará cumpliendo los objetivos y funciones señalados por las normas vigentes, salvo en lo concerniente a la escisión de que trata el artículo 1º de la presente ley.

Artículo 3°. Sector Administrativo del Interior. El Sector Administrativo del Interior estará integrado por el Ministerio del Interior, la Superintendencia y demás entidades que la ley defina como adscritas o vinculadas al mismo.

Artículo 4º. Creación del Ministerio de Justicia y del Derecho. Créase el Ministerio de Justicia y del Derecho, cuyos objetivos y funciones serán los escindidos del Ministerio del Interior y de Justicia de acuerdo con el artículo 1º de la presente ley.

Artículo 5º. Sector Administrativo de Justicia y del Derecho. El sector administrativo de Justicia y del Derecho estará integrado por el Ministerio de Justicia y del Derecho, las superintendencias y demás entidades que la ley defina como adscritas o vinculadas al mismo.

Parágrafo. Créase la Agencia Nacional de Defensa Jurídica de la Nación como una Unidad Administrativa Especial que como entidad descentralizada del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio propio adscrita al Ministerio de Justicia y del Derecho, tendrá como objetivo la estructuración, formulación, aplicación, evaluación y difusión de las políticas de prevención del daño antijurídico, así como la defensa y protección efectiva de los intereses litigiosos de la Nación y de las actuaciones judiciales de las entidades públicas, en procura de la reducción de la responsabilidad patrimonial y la actividad litigiosa. Para ello, tiene como misión planificar, coordinar, ejercer, monitorear y evaluar la defensa efectiva de la Nación, a fin de prevenir el daño antijurídico y fomentar el respeto de los derechos fundamentales.

Artículo 6º. Escisión del Ministerio de la Protección Social. Escíndanse del Ministerio de la Protección Social los objetivos y funciones asignados por las normas vigentes al Despacho del Viceministro de Salud y Bienestar, y los temas relacionados al mismo, así como las funciones asignadas al...

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