Texto Definitivo Aprobado en Sesión Plenaria al Proyecto de Ley 54 de 2014 Senado - 10 de Julio de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 578084970

Texto Definitivo Aprobado en Sesión Plenaria al Proyecto de Ley 54 de 2014 Senado

TEXTO APROBADO EN SESIÓN PLENARIA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA EL DÍA 17 DE JUNIO DE 2015 AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 54 DE 2014 SENADO por la cual se crea el Sistema Nacional para la Seguridad Alimentaria y Nutricional (Sinsan), se crea la Agencia Nacional de Seguridad Alimentaria y se establecen otras disposiciones El Congreso de Colombia

DECRETA:

CAPÍTULO I

Objeto, ámbito de aplicación, obligaciones y principios

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto constituir el Sistema Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (Sinsan), como un sistema público intersectorial de articulación, orientación, planificación, verificación, coordinación y monitoreo de los recursos, ofertas institucionales, políticas, planes, programas, proyectos, acciones y presupuestos gubernamentales que existen alrededor de la Seguridad Alimentaria y Nutricional en el orden municipal, distrital, departamental y nacional, e incorpora diversos sectores del gobierno y la sociedad civil desde un enfoque diferencial y territorial.

Para tal fin se dispone:

I. Crear la Agencia Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional como entidad rectora del Sinsan y sus instrumentos (observatorio de seguridad alimentaria, red de veeduría alimentaria, sistema nacional de prevención y control nutricional, sistema de rendición de cuentas, vigilancia disciplinaria, sistema de alertas tempranas, sistema de rendición de cuentas).

II. Determinar los principios, objetivos, obligaciones, atributos, instrumentos, y responsables sobre los diferentes asuntos competencia del Sinsan y las instituciones que lo conforman a nivel nacional, regional y local, incluyendo la regulación relativa a gestión de presupuesto y rendición de cuentas.

Artículo 2°. Ámbito de aplicación. Las determinaciones establecidas en esta ley son de orden público e interés general, y de observancia obligatoria en todo el territorio colombiano. Son aplicables a todas las entidades del orden nacional, regional, local y sus descentralizadas, responsables de la aplicación de las políticas, planes, programas, proyectos y acciones de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

Artículo 3º. Conceptos. Los conceptos que se aplicarán al Sistema de Seguridad Alimentaria y Nutricional son los siguientes:

1. Seguridad Alimentaria y Nutricional. Es un derecho humano, autonómico, inherente a la dignidad humana, universal, de orden público e interés social, a tener la disponibilidad suficiente y estable de alimentos, el acceso y el consumo oportuno y permanente de los mismos en cantidad, calidad e inocuidad por parte de todas las personas, bajo condiciones que permitan su adecuada utilización biológica, para llevar una vida saludable y activa. (Entendido este concepto en todas las dimensiones y aspectos que se recogen en la definición establecida en el Conpes 113 de 2008 y los instrumentos que lo modifiquen y/o complementen).

2. Derecho a la alimentación. Es un derecho humano, autonómico, inherente a la dignidad humana, universal e irrenunciable, de orden público e interés social, a no padecer hambre y a una alimentación adecuada.

El Estado velará por el acceso a los alimentos en óptimas condiciones de calidad, inocuidad, soberanía y ayuda. Toda person a tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

3. Política de Seguridad Alimentaria y Nutricional. Es el resultado de un proceso de participación y concertación entre entidades del nivel nacional, departamental, distrital y municipal, con organizaciones de la sociedad civil, organismos internacionales, universidades y gremios, entre otros y por lo tanto se constituye en una política de Estado. (Documento Conpes 113 de 2008).

4. Alimento o producto alimenticio. Se entenderá cualquier sustancia o producto destinados a ser ingeridos por los seres humanos o con probabilidad razonable de serlo, tanto si han sido transformados entera o parcialmente como si no. Incluye las bebidas, y cualquier sustancia, incluida el agua, incorporada voluntariamente al alimento durante su fabricación, preparación o tratamiento. (No incluye animales vivos, las plantas antes de la cosecha; los medicamentos; los cosméticos; el tabaco y sus derivados; las sustancias estupefacientes o psicotrópicas; ni los residuos y contaminantes).

5. Alimentación. Es el ingreso o aporte de los alimentos en el organismo. Es el proceso por el cual tomamos una serie de sustancias contenidas en los alimentos que componen la dieta. Estas sustancias o nutrientes son imprescindibles para completar la nutrición. Una buena alimentación implica no solamente ingerir los niveles apropiados de cada uno de los nutrientes, sino obtenerlos en un balance adecuado.

6. Hambre. Es una situación de inseguridad alimentaria y de inseguridad nutricional, caracterizada por la falta de ingesta de alimentos básicos que proveen la energía y los nutrientes para una vida productiva y activa de las personas.

7. Disponibilidad de Alimentos. Es la oferta o suministro de alimentos de la canasta básica, en forma suficiente y estable.

8. Acceso. Derecho que tienen los individuos o familias para adquirir los alimentos por medio de su capacidad para producirlos, comprarlos o mediante transferencias o donaciones. Sus determinantes básicos son el nivel de ingresos, la condición de vulnerabilidad, las condiciones sociogeográficas, la distribución de ingresos y activos (monetarios y no monetarios) y los precios de los alimentos.

9. Consumo. Es la capacidad de la población para decidir adecuadamente sobre la forma de seleccionar, almacenar, preparar, distribuir y consumir los alimentos a nivel individual, familiar y comunitario. Sus determinantes son: la cultura, los hábitos alimentarios, la educación alimentaria y nutricional, la información comercial, el nivel educativo, la publicidad, el tamaño y la composición de la familia.

10. Aprovechamiento o utilización biológica de los alimentos. Es el cómo y cuánto aprovecha el cuerpo humano los alimentos que consume y cómo los convierte en nutrientes para ser asimilados por el organismo.

Sus principales determinantes son: el medio ambiente, el estado de salud de las personas, los entornos y estilos de vida, la situación nutricional de la población, la disponibilidad, la calidad y el acceso a los servicios de salud, agua potable, saneamiento básico y fuentes de energía.

11. Calidad e inocuidad de los alimentos. Se refiere al conjunto de características de los alimentos que garantizan que sean aptos para el consumo humano, que exigen el cumplimiento de una serie de condiciones y medidas necesarias durante la cadena agroalimentaria hasta el consumo y el aprovechamiento de los mismos, asegurando que una vez ingeridos no representen un riesgo (biológico, físico o químico) que menoscabe la salud. No se puede prescindir de la inocuidad de un alimento al examinar la calidad, dado que la inocuidad es un atributo de la calidad. Sus determinantes básicos son: la normatividad (elaboración, promoción, aplicación, seguimiento); la inspección, vigilancia y control; los riesgos biológicos, físicos y químicos, y la manipulación, conservación y preparación de los alimentos.

12. Nutrición. Es el conjunto de procesos mediante los cuales el organismo utiliza, transforma e incorpora a sus propios tejidos, una serie de sustancias (nutrientes) que han de cumplir tres fines básicos: suministrar energía necesaria para el mantenimiento del organismo y sus funciones, proporcionar los materiales necesarios para la formación, renovación y reparación de estructuras corporales y suministrar las sustancias necesarias para regular el metabolismo.

13. Estado Nutricional. Es el resultado de la relación entre la ingesta de energía y nutrientes y el gasto dado por los requerimientos nutricionales para la edad, sexo, estado fisiológico y actividad física.

14. Malnutrición. Es la carencia, exceso o desequilibrio en la ingesta de energía, proteínas y/o otros nutrientes, que lleva a padecer enfermedades crónicas no transmisibles como las cardiovasculares, dislipidemias, obesidad, entre otras, así como la emaciación o bajo peso, retraso en el crecimiento, con una dieta que no proporciona los nutrientes adecuados para su crecimiento o mantenimiento, o sin utilizar plenamente los alimentos que ingieren debido a una enfermedad (desnutrición). También están malnutridas si consumen demasiadas calorías (sobrenutrición).

15. Desnutrición. Es un estado patológico, inespecífico, sistémico y potencialmente reversible, que se origina como resultado de la deficiente incorporación de los nutrientes a las células del organismo.

Artículo 4°. Principios. El Sistema Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional se regirá por los siguientes principios:

1. Solidaridad. El Sinsan deberá fomentar el desarrollo y ejecución de políticas públicas que contribuyan a la transformación de mentalidades y actitudes individuales así como a reducir las desigualdades existentes en la sociedad, aumentando el nivel de vida y las oportunidades de futuro de todas las personas, especialmente de las menos favorecidas socialmente. Las acciones encaminadas a la seguridad alimentaria y nutricional deberán priorizar la dignidad de los colombianos.

2. Transparencia. Las actuaciones y acciones de los funcionarios responsables de la seguridad alimentaria y nutricional en todos los niveles, deberán realizarse con base en información y métodos objetivos, medibles y verificables, con...

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