Texto Definitivo Aprobado en Sesión Plenaria al Proyecto de Ley 148 de 2016 Cámara - 13 de Julio de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 687246361

Texto Definitivo Aprobado en Sesión Plenaria al Proyecto de Ley 148 de 2016 Cámara

TEXTO DEFINITIVO PLENARIA CÁMARA AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 148 DE 2016 CÁMARA por medio de la cual se reconoce como patrimonio cultural inmaterial de la Nación el Festival Nacional del Son Francisco ¿Pacho¿ Rada, del municipio de Ariguaní, departamento del Magdalena y se dictan otras disposiciones El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. La presente Ley tiene como objetivo, reconocer como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación el Festival Nacional del Son Francisco ¿Pacho¿ Rada, del municipio de Ariguaní, departamento del Magdalena.

Artículo 2º. Facúltese al Gobierno nacional a través del Ministerio de Cultura, para que Incluya en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial (LRPCI), del ámbito nacional, el Festival Nacional del Son Francisco ¿Pacho¿ Rada, del municipio de Ariguaní, departamento del Magdalena.

Artículo 3º. Autorícese al Gobierno nacional, a través del Ministerio de Cultura, incluir en el Banco de Proyectos del Ministerio de Cultura, el Festival Nacional del Son Francisco ¿Pacho¿ Rada, del municipio de Ariguaní, departamento del Magdalena.

Artícu lo 4º. Autorícese al Gobierno nacional, a través del Ministerio de Cultura, para que se declare Bien de Interés Cultural de la Nación la Plaza Rubero Castilla Díaz, lugar donde se desarrolla el Festival Nacional del son Francisco ¿Pacho¿ Rada, del municipio de Ariguaní, departamento del Magdalena.

Artículo 5º. Declárese a la Fundación Festival Nacional del Son como la creadora, gestora y promotora del Festival Nacional del son Francisco ¿Pacho¿ Rada, del municipio de Ariguaní, departamento del Magdalena.

Artículo 6º. El municipio de Ariguaní y/o Fundación Festival Nacional del Son y el departamento del Magdalena, elaborarán el Plan Especial de Salvaguardia del Festival Nacional del Son Francisco ¿Pacho¿ Rada, del municipio de Ariguaní, departamento del Magdalena en los términos previstos en el artículo 8º de la Ley 1185 de 2008. Así mismo, adelantarán la postulación a la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural (Licbic) y el respectivo Plan Especial de Manejo y Protección de las actividades y escenarios que se utilizan para la realización del Festival Nacional del son Francisco ¿Pacho¿ Rada, del municipio de Ariguaní, departamento del Magdalena en los términos previstos en el artículo 5º de la Ley 1185 de 2008.

Artículo 7º. La Nación a través del Ministerio de Cultura, contribuirá al...

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