Texto definitivo aprobado en sesión plenaria mixta del Senado de la República del día 18 de junio de 2021 al Proyecto de ley número 230 de 2020 Senado, 303 de 2019 Cámara, por medio de la cual la Nación se vincula a la conmemoración y rinde homenaje público al municipio de Guacarí en el departamento del Valle del Cauca, con motivo de la celebración de los 450 años de su fundación en 1570 y se dictan otras disposiciones - 8 de Julio de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879264138

Texto definitivo aprobado en sesión plenaria mixta del Senado de la República del día 18 de junio de 2021 al Proyecto de ley número 230 de 2020 Senado, 303 de 2019 Cámara, por medio de la cual la Nación se vincula a la conmemoración y rinde homenaje público al municipio de Guacarí en el departamento del Valle del Cauca, con motivo de la celebración de los 450 años de su fundación en 1570 y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación08 Julio 2021
Número de Gaceta754
Gaceta del Congreso 754 Jueves, 8 de julio de 2021 Página 21
de las minorías étnicas y culturales, de salubridad y de seguridad industrial, así como
los convenios de la OIT 174 y 181 y de todos aquellos que los modifiquen o sustituyan.
ARTÍCULO 20. Todas las erogaciones que se causen con ocasión de la
implementación y ejecución de la presente ley deberán consultar la situación fiscal de
la Nación y ajustarse al Marco de Gasto de Mediano Plazo de cada sector involucrado,
en concordancia con el Marco Fiscal de Mediano Plazo y las normas orgánicas de
presupuesto.
ARTÍCULO 21 (NUEVO). INCENTIVOS PARA LAS ACTIVIDADES DE
AUTOGENERACIÓN Y DE COGENERACIÓN DE ENERGÍA CON GAS NATURAL.
Los usuarios que realicen las actividades de autogeneración y de cogeneración de
energía a base de gas natural podrán actuar para todos los propósitos,
independientemente de la cantidad de gas natural que utilicen, como los usuarios no
regulados del servicio de gas natural definidos por la Comisión de Regulación de
Energía y Gas.
ARTÍCULO 22. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente Ley rige a partir de su
promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 182 de la Ley 5ª
de 1992, me permito presentar el texto definitivo aprobado en Sesión Plenaria Mixta
del Senado de la República del día 18 de junio de 2021, al Proyecto de Ley No. 391
DE 2021 SENADO – 044 DE 2019 CÁMARA, ACUMULADO CON EL PROYECTO
DE LEY NO. 213 DE 2019 CÁMARA “POR MEDIO DE LA CUAL SE PROMUEVE
EL ABASTECIMIENTO, CONTINUIDAD, CONFIABILIDAD Y COBERTURA DEL
GAS COMBUSTIBLE EN EL PAÍS”
Cordialmente,
JOSÉ DAVID NÁME CARDOZO
Senador Ponente
El presente Texto Definitivo, fue aprobado con modificaciones en Sesión Plenaria Mixta
del Senado de la República del día 18 de junio de 2021, de conformidad con el texto
propuesto para segundo debate.
GREGORIO ELJACH PACHECO
Secretario General
TEXTO DEFINITIVO APROBADO EN SESIÓN PLENARIA MIXTA DEL SENADO DE LA
REPÚBLICA DEL DÍA 18 DE JUNIO DE 2021 AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 230 DE 2020
SENADO, 303 DE 2019 CÁMARA
por medio de la cual la Nación se vincula a la conmemoración y rinde homenaje público al municipio
de Guacarí en el departamento del Valle del Cauca, con motivo de la celebración de los 450 años de su
fundación en 1570 y se dictan otras disposiciones.
TEXTO DEFINITIVO APROBADO EN SESIÓN PLENARIA MIXTA DEL SENADO DE LA
REPÚBLICA DEL DÍA 18 DE JUNIO DE 2 021 AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 230 DE
2020 SENADO, 303 DE 2019 CÁMARA “POR MEDIO DE LA CUAL LA NACIÓN SE
VINCULA A LA CONMEMORACIÓN Y RINDE HOMENAJE PÚBLICO AL MUNICIPIO
DE GUACARÍ EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA, CON MOTIVO DE LA
CELEBRACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE SU FUNDACIÓN EN 1570 Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES”.
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1. La presente Ley tiene por objeto vincular a la nación para que se asocie y rinda
homenaje al Municipio de Guacarí, departamento del Valle del Cauca, con motivo de la
celebración de sus 450 años de su fundación en el año 2020, y rendir un homenaje público a
través de distintos reconocimientos de carácter histórico, material y cultural, como contribución
a la ciudad y sus habitantes por su aporte y compromiso a la identidad cultural e histórica de
Colombia durante estos cuatrocientos cincuenta años.
ARTÍCULO 2. Autorícese al Gobierno Nacional, para que en cumplimiento, y de conformidad
con los artículos 288, 334, 341, 345, 356 y 357 de la Constitución Política y de las competencias
establecidas en la Ley 75 de 2002, incluya en el Presupuesto General de la Nación para el año
2021, las partidas presupuestales necesarias con el fin de llevar a cabo el mantenimiento,
realización y/o construcción de las siguientes obras, así mismo dotaciones de utilidad pública e
interés social para el Municipio de Guacarí, Departamento del Valle del Cauca.
Remodelación y dotación de los centros de atención de salud de los
corregimientos de Guabitas y Sonso.
Remodelación y dotación de las (33) juntas de acciones comunal del municipio
de Guacarí.
Remodelación de la plaza de galería de mercado del municipio.
Mantenimiento para la conservación de la Casa Cural.
Remodelación del Centro de residencia de personas mayores – Asilo el Samán.
Reposición de la red de acueducto y pavimentación (Vía Guacarí – Guabitas).
ARTÍCULO 3. El Gobierno Nacional a través de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y
el Ministerio de Cultura, implementarán y desarrollarán un plan de conservación y restauración
arquitectónica de la Casa Cural, ubicada en la calle 4 con carrera 9 – esquina, la cual es
monumento nacional.
ARTÍCULO 4. Autorícese al Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura para asesora
y apoyar al Municipio de Guacarí- Valle del Cauca, en la elaboración, tramitación, ejecución y
financiación de los proyectos de patrimonio nacional; de su remodelación, mantenimiento de
conformidad con la Constitución y la Ley.
ARTÍCULO 5. Las autorizaciones de gastos otorgados al Gobierno Nacional en virtud de esta
Ley se incorporan en los Presupuestos Generales de la Nación, de acuerdo con las normas
orgánicas en materia presupuestal, en primer lugar, reasignando los recursos hoy existentes en
cada órgano ejecutor, sin que ello implique un aumento del presupuesto, de acuerdo con las
disposiciones que se produzcan en cada vigencia fiscal.
ARTÍCULO 6. La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación, previa sanción.
Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 182 de la Ley 5ª de 1992,
me permito presentar el texto definitivo aprobado en Sesión Plenaria Mixta del Senado de la
República del día 18 junio de 2021, al PROYECTO DE LEY NÚMERO 230 DE 2020 SENADO,
303 DE 2019 CÁMARA “POR MEDIO DE LA CUAL LA NACIÓN SE VINCULA A LA
CONMEMORACIÓN Y RINDE HOMENAJE PÚBLICO AL MUNICIPIO DE GUACARÍ EN
EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA, CON MOTIVO DE LA CELEBRACIÓN DE
LOS 450 AÑOS DE SU FUNDACIÓN EN 1570 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
Cordialmente,
JOHN HAROLD SUÁREZ VARGAS
Senador Ponente
El presente Texto Definitivo, fue aprobado sin modificaciones en Sesión Plenaria Mixta del
Senado de la República del día 18 de junio de 2021, de conformidad con el texto propuesto
para segundo debate.
GREGORIO ELJACH PACHECO
Secretario General

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