Texto definitivo plenaria Cámara al proyecto de ley número 451 de 2020 Cámara, por medio de la cual la Nación se asocia a la conmemoración de los 170 años de fundación del municipio de Jericó en el departamento de Antioquia, rinde homenaje a sus habitantes y dicta otras disposiciones - 13 de Mayo de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879263364

Texto definitivo plenaria Cámara al proyecto de ley número 451 de 2020 Cámara, por medio de la cual la Nación se asocia a la conmemoración de los 170 años de fundación del municipio de Jericó en el departamento de Antioquia, rinde homenaje a sus habitantes y dicta otras disposiciones

Fecha de publicación13 Mayo 2021
Número de Gaceta425
Gaceta del Congreso 425 Jueves, 13 de mayo de 2021 Página 7
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TEXTO DEFINITIVO PLENARIA
CÁMARA AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 451 DE 2020
CÁMARA
por medio de la cual la Nación se asocia a la
conmemoración de los 170 años de fundación
del municipio de Jericó en el departamento de
Antioquia, rinde homenaje a sus habitantes y dicta
otras disposiciones.
1
Camilo Romero/Hasbleidy Suárez
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Cámara de Representantes - Secretaría General Leyes Capitolio Nacional Primer Piso Bogotá D.C. Colombia
Conmutador: 4325100 Extensión: 5146, 5132, 5108 - www.camara.gov.co - email: secretaria.general@camara.gov.co
TEXTO DEFINITIVO PLENARIA CÁMARA AL PROYECTO DE LEY 451 DE 20 20
CÁMARA “POR MEDIO DE LA CUAL LA NACIÓN SE ASOCIA A LA CONMEMORACIÓN
DE LOS 170 AÑOS DE FUNDACIÓN DEL MUNICIPIO DE JERICÓ EN EL
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA, RINDE HOMENAJE A SUS HABITANTES Y DICTA
OTRAS DISPOSICIONES
.
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1°. La Nación se asocia a la conmemoración de los 170 años fundación del
municipio de Jericó en el departamento de Antioquia, hecho que sucedió el 28 de
septiembre de 1850 y rinde homenaje público a sus habitantes.
Artículo 2°. La Nación hace un reconocimiento al municipio de Jericó en el departamento de
Antioquia por ser municipio pionero en temas culturales en el suroeste Antioqueño, resalta
su vocación cultural, religiosa, artesanal, turística, agrícola y la creatividad de sus habitantes.
Artículo 3°. Autorícese al Gobierno Nacional para que, de acuerdo a lo establecido en la
Constitución y la Ley, asigne en el Presupuesto General de la Nación e impulse a través del
Sistema de Cofinanciación las partidas presupuestales necesarias con el fin de adelantar
proyectos, obras de infraestructura y actividades de interés público y social en beneficio del
municipio de Jericó en el departamento de Antioquia:
1. Proyecto de ampliación de museo MAJA.
2. Proyecto de terminación de vía circunvalar “Santiago Santamaría".
3. Proyecto de recuperación de vías urbanas.
Artículo 4°. Autorícese al Gobierno Nacional para celebrar los contratos y convenios
interadministrativos necesarios entre la Nación y el municipio de Jericó, así como para realizar
los créditos y traslados presupuestales a que haya lugar.
Artículo 5°. La presente Ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
GERMAN ALCIDES BLANCO ÁLVAREZ JUAN DAVID VELEZ TRUJILLO
Ponente Ponente
2
Camilo Romero/Hasbleidy Suárez
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Cámara de Representantes - Secretaría General Leyes Capitolio Nacional Primer Piso Bogotá D.C. Colombia
Conmutador: 4325100 Extensión: 5146, 5132, 5108 - www.camara.gov.co - email: secretaria.general@camara.gov.co
MAURICIO PARODI DÍAZ
Ponente
SECRETARÍA GENERAL
Bogotá, D.C., mayo 03 de 2021
En Sesión Plenaria del día 27 de abril de 2021, fue aprobado en Segundo Debate el Texto
Definitivo con modificaciones del Proyecto de Ley 451 de 2020 Cámara “POR MEDIO DE
LA CUAL LA NACIÓN SE ASOCIA A LA CONMEMORACIÓN DE LOS 170 AÑOS DE
FUNDACIÓN DEL MUNICIPIO DE JERICÓ EN EL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA,
RINDE HOMENAJE A SUS HABITANTES Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES
. Esto con
el fin de que el citado Proyecto de Ley siga su curso legal y reglamentario y de esta manera
dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 182 de la Ley 5ª de 1992.
Lo anterior, según consta en el acta de la Sesión Plenaria Ordinaria N° 218 de abril 27 de
2021, previo su anuncio en la Sesión Plenaria del día 22 de abril de 2021, correspondiente al
Acta N° 217.
TEXTO DEFINITIVO PLENARIA
CÁMARA AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 503 DE 2020
CÁMARA - 291 DE
2020 SENADO
por medio de la cual se aprueba el “Tratado entre
la República de Colombia y la República Popular
China sobre el traslado de personas condenadas”,
suscrito en
Beijing, República Popular China, el 31
de julio de 2019.
1
Camilo Romero/Hasbleidy Suárez
---------------------------------------- -------------------------------------------------- ---------------------------------------------------- -------------------------------------------------- ---------------------
Cámara de Representantes - Secretaría General Leyes Capitolio Nacional Primer Piso Bogotá D.C. Colombia
Conmutador: 4325100 Extensión: 5146, 5132, 5108 - www.camara.gov.co - email: secretaria.general@camara.gov.co
TEXTO DEFINITIVO PLENARIA CÁMARA AL PROYECTO DE LEY 503 DE 20 20
CÁMARA 291 DE 2020 SENADO POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL
«TRATADO ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA REPÚBLICA POPULAR
CHINA SOBRE EL TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS», SUSCRITO EN
BEIJING, REPÚBLICA POPULAR CHINA, EL 31 DE JULIO DE 2019.
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Apruébese el «Tratado entre la República de Colombia y la
República Popular China sobre el Traslado de Personas Condenadas», suscrito en Beijing,
República Popular China, el 31 de julio de 2019.
ARTÍCULO SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7' de
1944, el «Tratado entre la República de Colombia y la República Popular China sobre el
Traslado de Personas Condenadas», suscrito en Beijing, República Popular China, el 31 de
julio de 2019, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará a la República de
Colombia a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del
mismo.
ARTÍCULO TERCERO: La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.
JUAN DAVID VÉLEZ TRUJILLO ASTRID SÁNCHEZ MONTES DE OCA
Ponente Ponente
JOSÉ VICENTE CARREÑO CASTRO
Ponente
2
Camilo Romero/Hasbleidy Suárez
-------------------------------------- ------------------------------------------- ----------------------------------------------- --------------------------------------------- ----------------------------------------
Cámara de Representantes - Secretaría General Leyes Capitolio Nacional Primer Piso Bogotá D.C. Colombia
Conmutador: 4325100 Extensión: 5146, 5132, 5108 - www.camara.gov.co - email: secretaria.general@camara.gov.co
SECRETARÍA GENERAL
Bogotá, D.C., mayo 03 de 2021
En Sesión Plenaria del día 27 de abril de 2021, fue aprobado en Segundo Debate el Texto
Definitivo sin modificaciones del Proyecto de Ley 503 de 2020 Cámara -291 de 2020
Senado POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL «TRATADO ENTRE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA Y LA REPÚBLICA POPULAR CHINA SOBRE EL TRASLADO DE
PERSONAS CONDENADAS», SUSCRITO EN BEIJING, REPÚBLICA POPULAR CHINA,
EL 31 DE JULIO DE 2019. Esto con el fin de que el citado Proyecto de Ley siga su curso
legal y reglamentario y de esta manera dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 182
Lo anterior, según consta en el acta de la Sesión Plenaria Ordinaria N° 218 de abril 27 de
2021, previo su anuncio en la Sesión Plenaria del día 22 de abril de 2021, correspondiente al
Acta N° 217.

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