Texto definitivo plenaria Cámara al Proyecto de ley número 590 de 2020 Cámara, 139 de 2019 Senado, por medio de la cual se aprueba el ""Acuerdo entre la República de Colombia y el Banco Europeo de Inversiones sobre el establecimiento de una representación regional del Banco Europeo de Inversiones en la República de Colombia"", suscrito en Bogotá, D. C., el 22 de julio de 2019 - 29 de Junio de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879264989

Texto definitivo plenaria Cámara al Proyecto de ley número 590 de 2020 Cámara, 139 de 2019 Senado, por medio de la cual se aprueba el ""Acuerdo entre la República de Colombia y el Banco Europeo de Inversiones sobre el establecimiento de una representación regional del Banco Europeo de Inversiones en la República de Colombia"", suscrito en Bogotá, D. C., el 22 de julio de 2019

Fecha de publicación29 Junio 2021
Número de Gaceta737
Gaceta del Congreso 737 Martes, 29 de junio de 2021 Página 7
El gobierno nacional tendrá un plazo perentorio de un (1) año a partir de la sanción de la
presente ley para formular la política pública integral y para tomar las medidas públicas,
presupuestales, judiciales y de atención para atender las alertas tempranas y la prevención de
este tipo de actos punibles.
ARTICULO NUEVO. Modifíquese el artículo 33° del Código Penal, el cual quedará así:
ARTÍCULO 33. INIMPUTABILIDAD. Es inimputable quien en el momento de ejecutar la
conducta típica y antijurídica no tuviere la capacidad de comprender su ilicitud o de
determinarse de acuerdo con esa comprensión, por inmadurez psicológica, trastorno mental,
diversidad sociocultural o estados similares. No será inimputable el agente que hubiere
preordenado su trastorno mental. Las personas menores de dieciocho (18) años estarán
sometidas al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes y en ningún caso se les
impondrá la prisión perpetua revisable.
ARTICULO NUEVO. Modifíquese el inciso primero del artículo 104 de la Ley 599 de 2000, el
cual quedará así:
La pena será de cuatrocientos ochenta (480) a seiscientos (600) meses de prisión, si la
conducta descrita en el artículo anterior de cometiere.
ARTÍCULO 26°. VIGENCIA. La presente Ley rige desde su promulgación y deroga todas las
disposiciones que le resulten contrarias.
JORGE ENRIQUE BURGOS LUGO
Ponente
SECRETARÍA GENERAL
Bogotá, D.C., junio 16 de 2021
En Sesión Plenaria del día 10 de junio de 2021, fue aprobado en Segundo Debate el Texto Definitivo
con modificaciones del Proyecto de Ley N° 560 de 2021 Cámara – 401 de 2021 Senado “POR
MEDIO DE LA CUAL SE REGLAMENTA LA PRISIÓN PERPETUA REVISABLE Y SE REFORMA
DICTAN OTRAS DISPOSICIONES, LEY GILMA JIMÉNEZ”, con las mayorías exigidas en la
Constitución y la Ley. Esto con el fin de que el citado Proyecto de Ley siga su curso legal y
reglamentario y de esta manera dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 182 de la Ley
Lo anterior, según consta en el acta de la Sesión Plenaria Ordinaria N° 239 de junio 10 de 2021,
previo su anuncio en la Sesión del día 09 de junio de 2021, correspondiente al Acta N° 238.
TEXTO DEFINITIVO PLENARIA CÁMARA AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 590
DE 2020 CÁMARA – 139 DE 2019 SENADO
por medio de la cual se aprueba el “Acuerdo entre la República de Colombia y el Banco Europeo de
Inversiones sobre el establecimiento de una representación regional del Banco Europeo de Inversiones en la
República de Colombia”, suscrito en Bogotá, D. C., el 22 de julio de 2019.
TEXTO DEFINITIVO PLENARIA CÁMARA AL PROYECTO DE LEY N° 590 DE 2020
CÁMARA – 139 DE 2019 SENADO “POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL
“ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y EL BANCO EUROPEO DE
INVERSIONES SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE UNA REPRESENTACIÓN
REGIONAL DEL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES EN LA REPÚBLICA DE
COLOMBIA”, SUSCRITO EN BOGOTÁ, D. C. EL 22 DE JULIO DE 2019”.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
Artículo 1°. Apruébese el “Acuerdo entre la República de Colombia y el Banco Europeo
de Inversiones sobre el establecimiento de una representación regional del Banco
Europeo de inversiones en la República de Colombia”, suscrito en Bogotá, D. C., el 22 de
julio de 2019.
Artículo 2°. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el
“Acuerdo entre la República de Colombia y el Banco Europeo de Inversiones sobre el
establecimiento de una representación regional del Banco Europeo de Inversiones en la
República de Colombia”, suscrito en Bogotá, D. C., el 22 de julio de 2019, que por el
artículo primero de esta ley se aprueba, obligará a la República de Colombia a partir de
la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
Artículo 3°. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
RICARDO ALFONSO FERRO LOZANO NEVARDO ENEIRO RINCON VERGARA
Ponente Ponente
SECRETARÍA GENERAL
Bogotá, D.C., junio 08 de 2021
En Sesión Plenaria del día 03 de junio de 2021, fue aprobado en Segundo Debate el Texto
Definitivo sin modificaciones del Proyecto de Ley N° 590 de 2020 Cámara – 139 de 2019
Senado “POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL “ACUERDO ENTRE LA
REPÚBLICA DE COLOMBIA Y EL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES SOB RE EL
ESTABLECIMIENTO DE UNA REPRESENTACIÓN REGIONAL DEL BANCO
EUROPEO DE INVERSIONES EN LA REPÚBLICA DE COLOMBIA”, SUSCRITO EN
BOGOTÁ, D. C. EL 22 DE JULIO DE 2019”. Esto con el fin de que el citado Proyecto
de Ley siga su curso legal y reglamentario y de esta manera dar cumplimiento con lo
establecido en el artículo 182 de la Ley 5ª de 1992.
Lo anterior, según consta en el acta de la Sesión Plenaria Ordinaria N° 236 de junio 03
de 2021, previo su anuncio en la Sesión del día 02 de junio de 2021, correspondiente al
Acta N° 235.

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