Texto definitivo al proyecto de ley 196 de 2006 cámara - 31 de Agosto de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451330606

Texto definitivo al proyecto de ley 196 de 2006 cámara

TEXTO DEFINITIVO AL PROYECTO DE LEY 196 DE 2006 CÁMARA. por la cual se autoriza la emisión de la Estampilla Universidad del Cauca 180 años. aprobado en segundo debate en la sesión plenaria de la honorable Cámara de Representantes del día 14 de agosto de 2007, según consta en el Acta 064, previo su anuncio el día 1° de agosto de 2007, según Acta 063

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Autorízase a la Asamblea del Departamento del Cauca para que ordene la emisión de la estampilla ¿Por la cual se autoriza la emisión de la estampilla Universidad del Cauca 180 años¿,cuyo producido se destinará para inversión y mantenimiento en la planta física, escenarios deportivos, instrumentos musicales, dotación, compra y mantenimiento de equipo, requeridos y necesarios para desarrollar en la Universidad del Cauca nuevas tecnologías en las áreas de biotecnología, nuevos materiales, microelectrónica, informática, sistemas de información, comunicaciones, robóticas y dotación de bibliotecas, laboratorios y demás elementos y bienes de infraestructura que requiera el Alma Máter.

Artículo 2°. La emisión de la estampilla cuya creación se autoriza, será hasta por la suma de treinta mil millones de pesos ($30.000.000.000). El monto total recaudado se establece a precios constantes de 2006.

Artículo 3°. Autorízase a la Asamblea del Departamento del Cauca, para que determine las características, tarifas y todos los demás asuntos referentes al uso obligatorio de la estampilla en las actividades y operaciones que se deban realizar en el departamento y en los municipios del mismo. Las ordenanzas que expida la Asamblea del departamento, en desarrollo de lo dispuesto en la presente ley, serán llevadas a conocimiento del Gobierno Nacional, a través del Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 4°.Autorízase a la administración del departamento del Cauca para recaudar los valores producidos por el uso de la estampilla en las actividades que se deban realizar en el departamento, en sus municipios y en todos sus actos y operaciones de los institutos descentralizados y entidades del orden nacional que funcionen en el Cauca.

Parágrafo. Los recursos recaudados se girarán directamente a la Universidad dentro de los primeros cinco (5) días hábiles posteriores al vencimiento de cada trimestre.

Artículo 5°. ...

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