Texto Aprobado en Sesión Plenaria al Proyecto de Ley 226 de 2013 Senado, 300 de 2013 Cámara - 19 de Diciembre de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 490739754

Texto Aprobado en Sesión Plenaria al Proyecto de Ley 226 de 2013 Senado, 300 de 2013 Cámara

TEXTO APROBADO EN SESIÓN PLENARIA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA EL DÍA 21 DE AGOSTO DE 2013 AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 226 DE 2013 SENADO, 300 DE 2013 CÁMARA por medio de la cual se modifica el parágrafo del artículo 4° de la Ley 680 de 2001, que modificó el artículo 33 de la Ley 182 de 1995. El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. El parágrafo del artículo 4° de la Ley 680 de 2001 que modificó el artículo 33 de la Ley 182 de 1995, quedará así:

Parágrafo. En sábados, domingos y festivos, entre las 10:00 horas y las 24:00 horas, el porcentaje de producción nacional será mínimo del 30%.

Artículo 2°. Vigencia. La presente ley rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido al artículo 182 de la Ley 5ª de 1992, me permito presentar el texto definitivo aprobado en sesión Plenaria del Senado de la República el día 21 de agosto de 2013, al Proyecto de ley número 226 de 2013 Senado, 300 de 2013 Cámara, por medio de la cual se modifica el parágrafo del artículo 4° de la Ley 680 de 2001, que modificó el artículo 33 de la Ley 182 de 1995, y de esta manera continúe su trámite legal y reglamentario.

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